Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Vacaciones: tratamiento en casos particulares


Vacaciones: tratamiento en casos particulares
Actualizado: 24 mayo, 2021 (hace 3 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Liquidación de vacaciones en suspensión del contrato de trabajo
  • Interrupción de las vacaciones por licencia por luto
  • Otorgamiento de vacaciones en período de incapacidad
  • Vacaciones para trabajadores expuestos a rayos x
  • Suspensión de vacaciones por huelga

En una relación laboral pueden presentarse una serie de circunstancias que conlleven a tener un tratamiento particular frente a algunos derechos de los trabajadores como las vacaciones.

Conoce algunos casos particulares y cómo proceder frente al otorgamiento de este descanso remunerado.

Las vacaciones son un descanso laboral obligatorio remunerado de quince (15) días hábiles al cual tiene derecho todo trabajador después de cumplido un (1) año de labor ante el mismo empleador, de conformidad con lo dispuesto mediante el artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–.

En nuestro Especial Actualícese Liquidación de vacaciones: aplicaciones prácticas podrás encontrar toda la información referente a la liquidación de vacaciones frente a casos concretos.

A continuación, realizaremos el estudio de algunas circunstancias particulares que pueden presentarse respecto al otorgamiento y disfrute de las vacaciones:

Liquidación de vacaciones en suspensión del contrato de trabajo

El artículo 53 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– establece que cuando ha existido un período de suspensión del contrato de trabajo el empleador puede descontar este período, entre otros conceptos, del otorgamiento y liquidación de vacaciones. Esto supone afectación del término (las vacaciones serán por un término inferior a quince días) y su remuneración.

Interrupción de las vacaciones por licencia por luto

El Ministerio de Protección Social (hoy Ministerio del Trabajo) mediante el Concepto 113968 de 2009 determinó que si el fallecimiento de un familiar dentro de los grados de consanguinidad descritos en la ley (numeral 10 del artículo 57 del CST) se presenta mientras el trabajador se encuentra en su período de vacaciones, estas deberán ser interrumpidas para dar paso al término dispuesto para la licencia por luto (5 días hábiles). Una vez cumplido este término el trabajador podrá reanudar su período de vacaciones. 

Otorgamiento de vacaciones en período de incapacidad

Según el Ministerio del Trabajo, mediante el Concepto 47927 de 2018, un período de incapacidad no interrumpe el conteo del año de servicios para que a un trabajador le sean reconocidas las vacaciones. Esto supone, por ejemplo, que si un trabajador estuvo incapacitado por término de dos (2) meses, este tiempo debe ser tenido en cuenta para completar el año y acceder al descanso remunerado.

Vacaciones para trabajadores expuestos a rayos x

El numeral 2 del artículo 186 del CST establece que los trabajadores quienes se desempeñan en áreas donde se luche contra la tuberculosis o estén expuestos a radiación ionizante tendrán derecho a quince (15) días de descanso remunerado cada seis (6) meses, es decir, 30 días de vacaciones al año.

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Suspensión de vacaciones por huelga

La huelga es una de las causales de suspensión del contrato de trabajo. Dado esto, en el evento cuando un trabajador entra en huelga mientras se encuentra en su período de vacaciones, estas se suspenderán y se reanudarán una vez sean superadas las causas que originaron la huelga y se restablezca el normal funcionamiento de la empresa.

Este tema hace parte de nuestro Especial Actualícese Liquidación de vacaciones: aplicaciones prácticas. ¡No dejes de leerlo!

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