Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Validez de la estipulación de un período de prueba por cuatro meses


Actualizado: 23 octubre, 2017 (hace 7 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

El 01 de septiembre de 2017 fui contratado en una empresa mediante contrato de trabajo y me estipularon un período de prueba por una duración de cuatro meses, ¿es legal dicha notificación en el contrato?

Natalia Jaimes Lúquez, abogada, especialista en derecho laboral e investigadora adjunta del equipo de Actualícese, indica que aunque es válido que en un contrato de trabajo se estipule y se firme un período de prueba para que las partes puedan evaluar si las condiciones del contrato y el ejercicio de las actividades llenan las expectativas, es de anotar que, según el artículo 76 del Código Sustantivo del Trabajo, dicho período de prueba no puede exceder los dos meses, por consiguiente, si para el caso en mención se fijó un período de prueba por cuatro meses, evidentemente tal pacto pierde toda validez toda vez que va en contravía de lo que establece la norma laboral.

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