Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Valor intrínseco no es necesario para valoración de inversiones bajo Estándares Internacionales


Valor intrínseco no es necesario para valoración de inversiones bajo Estándares Internacionales
Actualizado: 15 febrero, 2017 (hace 7 años)

La valoración de las inversiones en los nuevos marcos normativos de información financiera se efectúa tomando como referencia el grado de control que se ejerza sobre la otra entidad, pero el valor intrínseco ya no tiene ningún efecto sobre dicho cálculo.

Resolvamos la siguiente consulta que nos ha remitido un usuario: ¿Cómo debe registrarse en el año 2016 el mayor valor que tiene una inversión en acciones por incremento de su valor intrínseco?

La forma adecuada de medir una inversión dependerá del grado de control que se ejerza; cuando se trate de inversiones que no dan influencia significativa ni control y, por tanto, se consideran instrumentos financieros, la medición podrá realizarse al valor razonable si la entidad en la que se invierte cotiza en bolsa o, de lo contrario, al costo.

La norma indica que por regla general la aludida medición debe practicarse al valor razonable, sin embargo, a una inversión que no cotiza en bolsa es muy complejo calcularle un valor razonable y, por tal motivo, la entidad tendrá que medirla por el modelo del costo.

Si la inversión es en una asociada (control oscilante entre el 20% y el 50%), la Sección 14 del Estándar Internacional indica que la medición se hace al valor razonable cuando cotiza en bolsa; al costo cuando se trata de entidades que no cotizan y con las que, además, no se tiene intención de hacer negocios a largo plazo o usando el método de participación patrimonial con aquellas inversiones en las que se proyecte una relación de largo plazo o se pretenda hacer una posterior integración vertical.

Finalmente, si es una controlada simplemente se consolidan los estados financieros.

Como puede verse, las secciones que se refieren a inversiones jamás mencionan el ajuste a valor intrínseco como un modelo válido para la medición de dicho tipo de activos; por tal motivo, la variación ya sea positiva o negativa en el valor intrínseco de una inversión no genera ningún ajuste en la contabilidad del inversionista.

Ahora bien, es posible que se utilice el valor intrínseco, por ejemplo, en la fecha del ESFA para los casos en que los estados financieros de la entidad participada ya estén ajustados a valor razonable, pero es un caso excepcional, que muy difícilmente se va a presentar.

En conclusión, no se volverán a hacer ajustes a valor intrínseco, sino solo los pertinentes por medir al valor razonable cuando se tengan inversiones que coticen en bolsa o tengan un mercado activo que facilite la determinación de tal valor.

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