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El tercer viernes de abril fue declarado día cívico para las entidades del orden nacional, por lo que los vencimientos que coincidan con esa fecha y los posteriores, se trasladan al siguiente día hábil.
La Dian ha informado que, cuando el vencimiento de una obligación coincida con el tercer viernes de abril —declarado día cívico para las entidades del orden nacional mediante el Decreto 500 de 2024— el plazo para cumplir con la misma se trasladará al siguiente día hábil.
Es importante tener en cuenta que los términos previstos en el Decreto 2229 de 2023 están establecidos en días hábiles. Por lo tanto, al declararse como no hábil el tercer viernes de abril —que para este 2026 corresponde al 17 de abril— no solo se impacta el vencimiento correspondiente a esa fecha específica, sino que se corren todos los plazos posteriores.
Esta medida incide en obligaciones como:
La entidad invita a los contribuyentes a consultar el calendario tributario año gravable 2025 actualizado en: www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario_Tributario_2026.pdf
Además, se recomienda planear con anticipación el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
#LoÚltimoDIAN | 📢 Vencimientos de retención en la fuente, grandes contribuyentes y RST se corren por día cívico en abril.
📅 Por el día cívico del 17 de abril de 2026, los vencimientos que coincidan con esa fecha se trasladan al siguiente día hábil.
👉🏾 Entérese de todo aquí.… pic.twitter.com/Tv8OANJlmt
— DIANColombia (@DIANColombia) March 4, 2026
Fuente: Dian.
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