Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Venta de bienes comunes de uso exclusivo


Actualizado: 19 abril, 2017 (hace 7 años)

Según la orientación técnica No. 15 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública            –CTCP– los bienes comunes de uso exclusivo no serán reconocidos en los estados financieros de la copropiedad, caracterizándose por ser bienes comunes no necesarios para el disfrute y goce de los bienes de dominio particular. Esto no quiere decir que dichos bienes no puedan ser desafectados; mas, implicará que dichos bienes pasan a ser de dominio de la copropiedad mediante escritura pública debidamente registrada pudiendo esta así usufructuar dicho bien.

La desafectación del bien común no esencial deberá producirse siguiendo las determinaciones de los artículos 20 y 21 de la Ley 675 de 2001, estableciéndose que dicha decisión deberá producirse a través del voto favorable del 70% del coeficiente de copropiedad y previa autorización de las autoridades municipales o distritales competentes.

Ahora bien, de acuerdo a lo mencionado por el Concepto 204 de 2017 del CTCP, en un probable escenario de venta de un bien común desafectado, en primer lugar deberán incorporarse los bienes desafectados en la contabilidad de la copropiedad siguiendo los marcos técnicos normativos que le sean aplicables como los principios de contabilización de propiedad, planta y equipo, propiedades de inversión, activos no corrientes mantenidos para la venta, activos intangibles, entre otros, según el grupo normativo al que clasifique la copropiedad (Estándar pleno, Pymes o microempresas).

En el momento en que la copropiedad decida vender estos bienes se deberá proceder a dar de baja este activo y reconocer los nuevos activos que esta transacción genere (efectivo, cuentas por cobrar). Las diferencias que resultasen entre el valor en libro del activo desafectado y el valor de la transacción deberán reconocerse directamente en el estado de resultados como corresponda.

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