Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ventas al régimen simple que no generan para el vendedor la obligación de autorretenerse


Ventas al régimen simple que no generan para el vendedor la obligación de autorretenerse
Actualizado: 8 octubre, 2019 (hace 4 años)
El artículo 911 del ET establece que quien reciba pagos de parte de un inscrito en el régimen simple deberá autopracticarse la retención a título de renta que no le practicará el inscrito en este régimen. Sin embargo, existen al menos seis casos en que dicha autorretención no deberá practicarse.

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