Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ventas canceladas en efectivo y en especie en la declaración de renta de una persona natural


Actualizado: 18 agosto, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cómo se debe reportar en la declaración de renta de una persona natural obligada a llevar contabilidad una venta de $60.000.000 cancelada con la entrega de efectivo y un lote?

Pregunta resuelta agosto 06 de 2020

En este video se enseña la forma correcta de reportar la venta de un bien en la declaración de renta de una persona natural obligada a llevar contabilidad. Adicionalmente, se analizan los diferentes efectos tributarios en el patrimonio fiscal del contribuyente por haber recibido un lote como forma de pago por la venta realizada, y la incidencia que tiene en esta situación el proceso de bancarización mencionado en el artículo 771-5 del Estatuto Tributario –ET–.

Es importante recordar que entre el 11 de agosto y el 21 de octubre de 2020 se vencen los plazos para proceder con la presentación de la declaración de renta de personales naturales del año gravable 2019 que figuran en el régimen ordinario, las cuales, al calificar como residentes fiscales en los términos de lo establecido en el artículo 10 del ET, deben utilizar el formulario 210 y depurar los ingresos bajo el sistema de cedulación.

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