Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ya está vigente exclusión del IVA para envíos urgentes o de entrega rápida


Actualizado: 21 septiembre, 2021 (hace 3 años)

Exclusión del IVA en la importación de bienes por la modalidad de tráfico postal, envíos urgentes o envíos de entrega rápida, entró en vigencia.

La Dian ha informado a los usuarios aduaneros y al público en general, que en virtud de lo establecido por el artículo 53° de la Ley 2155 de de 2021, a partir del 14 de septiembre de 2021 entró en vigencia la exclusión del IVA en la importación de bienes por la modalidad de tráfico postal, envíos urgentes o envíos de entrega rápida, cuyo valor no supere los 200 dólares.

El beneficio aplica para las mercancías que no tengan fines comerciales, procedan de países con los cuales Colombia tiene suscritos acuerdos o tratados vigentes de libre comercio y que en virtud de los mismos, se obligue al no cobro de este impuesto.

Fuente: Dian.

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