Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

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Actualizado: 5 mayo, 2017 (hace 7 años)

En nuestra más reciente edición presentamos un especial sobre los incentivos tributarios que presenta la reforma tributaria estructural. De igual forma, presentamos las características del formulario 350 para retenciones de marzo 2017 en adelante y los requerimientos a tener en cuenta para el estado de resultados y el impuesto diferido, entre otros temas.

Este mes en nuestra sección de impuestos publicamos Prescriben formularios 160, 300, 310, 350 y 440 para 2017: mediante Resolución 000013 del 3 de marzo de 2017, la DIAN fijó el uso de 5 formularios más para las declaraciones tributarias de 2017; Formulario 350 para retenciones de marzo de 2017 en adelante: Incluye instrucciones que exceden lo contemplado en los artículos 383 y 388 del ET; Retención sobre honorarios por servicios personales: Se necesitará otra reforma tributaria que modifique al artículo 206 del ET y les permita restar dicho valor en su declaración anual de renta.

Por otra parte, en cuanto a temas contables presentamos Estado de resultados y el impuesto diferido: Los requerimientos van más allá del análisis de diferencias temporarias en el estado de situación financiera; Sanción por no conservación de libros y papeles de contabilidad: Según el Código de Comercio, los documentos de contabilidad deben conservarse hasta 10 años después de haber sido generados; Propiedades de inversión después de la reforma tributaria: Ingresos por medición de activos al valor razonable no serán objeto del impuesto de renta y complementarios.

En cuanto a temas laborales publicamos Justa causa de terminación del contrato debe ser comprobada: Independiente del motivo para la justa causa de finalización de la relación laboral, esta debe demostrarse; Pasos clave para sancionar o despedir un trabajador: No aplicar el debido proceso para sanción o despido puede acarrear órdenes de reintegro o indemnizaciones; Terminación de contrato laboral por bajo rendimiento: La entidad está en la obligación de cumplir el debido proceso según el CST para evitar incurrir en faltas.

—> Descargué aquí la edición de mayo.

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