Herramienta interactiva: Excel para la declaración anual del régimen simple de tributación – SIMPLE AG 2021 – Alberto Sánchez

Herramienta interactiva: Excel para la declaración anual del régimen simple de tributación – SIMPLE AG 2021 – Alberto Sánchez
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Con los nuevos plazos señalados en el Decreto 1778 para declarar y pagar impuestos en el 2022, los contribuyentes inscritos al régimen simple de tributación deberán presentar y pagar la declaración anual consolidada del SIMPLE entre el 7 y el 22 de abril de 2022 teniendo así la posibilidad de disponer y usar sus beneficios a lo largo del año. 


Contenido:

1. Plantilla.

  • Panel principal en la parte superior con botones de acceso a los diferentes anexos 
  • Anexo para incluir la información general (nombres, razón social, NIT, código seccional, actividad económica, entre otros) 
  • Anexo para identificar la actividad económica correspondiente al grupo empresarial  
  • Anexo para diligenciar los ingresos brutos anuales por grupo empresarial 
  • Anexo con las tablas y tarifas que se aplica a cada actividad económica 
  • Anexo para los ingresos no constitutivos de renta 
  • Anexo de los descuentos permitidos en el RST (aportes a pensiones a cargo del empleador, 0.5% por pagos electrónicos) 
  • Anexo para retenciones y autorretenciones que se lograron a practicar mientras estuvo en el régimen ordinario 
  • Anexo para la liquidación del componente ICA territorial bimestral por municipios y distritos 
  • Sección impuestos territoriales (Impuesto de Industria y comercio) 
  • Anexo para la declaración anual consolidada por Municipios y Distritos 
  • Sección impuestos nacionales (Impuesto al consumo) 
  • Anexo para ganancias ocasionales 
  • Anexo para el control de los anticipos bimestrales 
  • Anexo para la depuración de la base gravable del RST 
  • Formulario 260 formulado para preparar la declaración anual del SIMPLE  
  • Anexo para el cálculo de la sanción por extemporaneidad y corrección 
  • Fechas de vencimiento 

2. Simulador para identificar si conviene trasladarse al SIMPLE para Personas Jurídicas por el año 2022

3. Simulador para identificar si conviene trasladarse al SIMPLE para Personas Naturales por el año 2022

4. Memorias y ejercicios

5. Normatividad



Objetivos:

  • Brindar una herramienta sólida y práctica para la elaboración de la declaración anual del impuesto SIMPLE por el año gravable 2021, teniendo en cuenta la Ley 2010 de 2019, Ley 2155 de 202, los Artículos 903 al 916 del Estatuto Tributario Nacional, el Decreto 1091 de agosto 03 de 2020, la doctrina de la administración tributaria y la jurisprudencia del Consejo de Estado. 
  • Ayudar a la generación de los diferentes anexos y el borrador del formulario 260 del impuesto SIMPLE de la vigencia 2021, teniendo en cuenta los lineamientos normativos para el manejo de los diferentes aspectos que tiene la declaración de este tributo tanto para las personas naturales y jurídicas (ingresos, ingresos no constitutivos de renta, actividades comerciales sujetas al SIMPLE, descuentos tributarios, ganancias ocasionales, componente ICA, entre otros). 
  • Dar a conocer a través de una herramienta cuáles son las obligaciones y disposiciones formales y sustantivas del contribuyente en el impuesto SIMPLE de tributación y como aplicarlas dentro del marco legal. 

Características:

  • Formato: Digital 
  • Año de publicación: 2022
  • Disponible: Marzo 8 de 2022*
    *sujeta actualizaciones por disponibilidad de resoluciones emitidas por parte de la Dian.

¿Cómo funciona? 

 HOJA OBSERVACIONES GENERALES INSTRUCCIÓN 
1 PRESENTACIÓN Presentación de la herramienta denominada PLANTILLA PARA LA DECLARACIÓN ANUAL DEL RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN – SIMPLE AG 2021 No debes diligenciar ninguna casilla. Es un anexo informativo. 
2 RECOMENDACIONES Recomendaciones para el funcionamiento correcto de la hoja de cálculo y sus fórmulas. No debes diligenciar ninguna casilla. Es un anexo informativo. 
3 DATOS GENERALES Este anexo está diseñado para digitar datos generales del contribuyente, datos importantes para el correcto funcionamiento del liquidador. Digitar esta información es el primer paso que debe dar al empezar a utilizar esta plantilla. En esta primera parte del anexo se digita información básica del contribuyente como es el NIT, razón social, nombres y apellidos, código actividad económica, código dirección seccional Dian, código actividad económica. Favor digite en las celdas del CIIU, los códigos registrados en las casillas 46, 48 y 50 del Registro Único Tributario –RUT–. 
4 ACTIVIDADES ECONÓMICA En este anexo se encuentra las actividades económicas para establecer a que grupo empresarial corresponden los ingresos obtenidos por las actividades económicas desarrolladas. No debes diligenciar ninguna casilla. Es un anexo informativo. 
5 PATRIMONIO Este anexo está diseñado para informar los Activos y Pasivos del contribuyente. Digita los valores que exige las casillas sin resaltar, correspondiente a cada partida del Activo y Pasivo. Ten en cuenta las recomendaciones y el soporte de cada renglón (los verás también en comentarios, así que no los pierdas de vista). 
6 INGRESOS Este anexo corresponde a los ingresos brutos (no se incluye devoluciones en ventas) reportados en cada uno de los municipios por cada grupo de actividad empresarial. Deberá incluir todo tipo de ingreso, incluyendo ingresos por ganancias ocasionales la venta de activos fijos poseídos por menos de dos (2) años y otros tipos de ingresos extraordinarios, que no formen parte del giro ordinario de los negocios o actividades empresariales. Para efectos de determinar los ingresos brutos ordinarios y extraordinarios que conforman la base gravable del SIMPLE, se tendrá en cuenta lo dispuesto en los Artículos 27 y 28 del E.T., en lo que sea compatible con la naturaleza del SIMPLE. Digita los valores del Balance conforme a la secuencia de cuentas si lleva contabilidad, de lo contrario conforme al concepto del ingreso. Adiciona la información que se recomienda en cada celda de la hoja como el CIIU y la respuesta a la pregunta si es un ingreso proveniente del extranjero. 
7 TABLAS En este anexo se encuentran las diferentes tarifas del impuesto SIMPLE, contempladas en el artículo 908 del E.T., en UVT y en $ pesos.  No debes diligenciar ninguna casilla. Es un anexo informativo 
8 INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA – INCRNGO Este anexo está diseñado para incluir los ingresos que por expresa disposición legal sean considerados como ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional dentro del SIMPLE. Debes registrar en esta hoja los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional. La hoja hace los cálculos. Verifica los datos 
9 COMPONENTE ICA TERRITORIAL Este anexo está diseñado para diligenciar la parte que pertenece a los municipios por concepto de impuesto de industria y comercio consolidado, el cual se declara por separado para cada municipio. Digita los valores e identifica las partidas que se deben ajustar según comentarios de cada celda de la hoja 
10 DESCUENTOS Este anexo está diseñado para digitar los descuentos tributarios a que se tienen derecho en el RST de acuerdo a la normatividad. Aquellos son los aportes al sistema general de pensiones a cargo del empleador y el 0,5% por pagos electrónicos. Debes registrar en esta hoja los descuentos a que se tiene derecho en el RST. La hoja hace los cálculos. Verifica los datos. 
11 RETENCIONES Y AUTORRETENCIONES Este anexo está diseñado para digitar las autorretenciones y las retenciones en la fuente que le alcanzaron a practicar mientras estuvo en el régimen ordinario. Debes registrar en esta hoja las retenciones y autorretenciones. La hoja hace los cálculos. Verifica los datos 
12 CONTROL ANTICIPOS (Anexo importante) Este anexo está diseñado para digitar los valores por los anticipos bimestrales durante el año 2021 y detraerlos de la declaración consolidad del SIMPLE. Debes registrar en esta hoja cada casilla diligenciada en el formulario 2593 de los seis (6) bimestres. La hoja hace los cálculos. Verifica los datos. 
13 GANANCIAS OCASIONALES En este anexo se determina el impuesto de ganancia ocasional de forma independiente, con base en las reglas generales del E.T. y con las mismas tarifas. Se declara y paga con la presentación de la declaración anual consolidada del SIMPLE. Debes registrar en esta hoja los ingresos, costos, exenciones y retenciones a título de ganancia ocasional que le hayan practicado durante el año. La hoja hace los cálculos. Verifica los datos. 
14 LIQUIDACIÓN IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO DE COMIDAS Y 
BEBIDAS 
En este anexo se determina el impuesto nacional al consumo de comidas y bebidas del año 2021. Debes registrar en esta hoja la información requerida respeto al INC de comidas y bebidas. La hoja hace los cálculos. Verifica los datos 
15 RESUMEN DECLARACIÓN ANUAL CONSOLIDADA Este anexo es un resumen de todas las secciones que integran la declaración consolidada del RST. Este anexo hace el cálculo automático, identifica las partidas que se deben ajustar manualmente según comentarios de cada celda de la hoja. 
16 FORMULARIO Por la cual se prescribe el formulario 260 para dar cumplimiento a la obligación de declarar por parte de los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE por el año gravable 2021. No debes diligenciar ninguna casilla. Todo está enlazado con las demás hojas. 
17 SANCIONES Este anexo tiene la finalidad de calcular sanción por extemporaneidad o por corrección en los casos que sean necesarios. Este anexo hace el cálculo automático. Debiste digitar la fecha de presentación en la hoja de «Datos Iniciales». 
18 VENCIMIENTOS El período gravable para todos los contribuyentes del SIMPLE es el mismo año calendario que comienza el primero (1) de enero y termina el treinta y uno (31) de diciembre. Aquí se encontrará los vencimientos según el Artículo 1.6.1.13.2.50 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1778 de 2021. No debes diligenciar ninguna casilla. Es un anexo informativo. 
19 AYUDA Si tiene dudas con respecto al funcionamiento técnico de la plantilla, en este anexo se encuentran algunas de las preguntas más frecuentes entre nuestros clientes y sus respuestas.  Debes seleccionar de la lista desplegable las preguntas, automáticamente obtienes la respuesta. 

Autor

Alberto Edmundo Sánchez Martínez

Contador Público Titulado de la Institución Universitaria CESMAG de la ciudad de Pasto (Nariño) – año 2012. Desarrollador desde el año 2013 de recursos y herramientas en Excel para el cálculo de las rentas de personas naturales, jurídicas, liquidador del IBC para la seguridad social de los trabajadores independientes, formularios Excel para declaraciones de IVA, retención en la fuente, impo consumo. Asesor, consultor en temas contables y todo lo relacionado con impuestos. 


Recomendaciones técnicas:

  • Versión Excel 2010 o superior – Windows 
  • Importante resaltar que las casillas sin sombrear son las que se deben diligenciar 
  • No diligencie información sobre las celdas que contienen fórmulas 
  • No cambie los nombres de las pestañas, así como las filas y columnas ocultas 
  • No incluya o excluya filas o recorte celdas. Simplemente copie, pegue o borre contenido 
  • Evite desproteger las celdas protegidas para evitar errores de fórmula y cálculo 
  • No separe celdas combinadas ni elimine validaciones de datos y botones de navegación 
  • Se recomienda mantener este archivo como fuente y usar copias 

Términos y Condiciones:

Este producto es ajeno e independiente a los procesos de contenidos en Actualícese, por lo que, aunque esta herramienta interactiva fue revisada y aprobada para salir al aire en nuestro portal, cualquier responsabilidad en la presentación o desglose del contenido es asumida por el tercero. 

El resultado que arroje la herramienta depende de la información introducida por el usuario.

Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:  

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:   

4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»   

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