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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Nuevo impuesto al patrimonio e impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación


Ficha técnica:

  • Categoría: Tributaria
  • Fecha de publicación: Febrero 15 de 2019
  • Fecha de grabación: Febrero 13 de 2019
  • Duración: 2 horas 12 minutos
Actualizado: 15 febrero, 2019 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Objetivos
  • Temario
  • Qu

Entre las novedades que llegan con la aprobación de la Ley de financiamiento 1943 de 2018, está la creación del nuevo impuesto al patrimonio por los años 2019, 2020 y 2021, y la del nuevo impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación a partir del año gravable 2019.

Por medio del artículo 35 de la Ley 1943 de 2018 se crea para los años 2019, 2020 y 2021 el impuesto al patrimonio, el cual estará a cargo de los contribuyentes relacionados en la nueva versión del artículo 292-2 del ET. El hecho generador de este impuesto será la posesión de un patrimonio líquido cuyo valor sea igual o superior a 5.000 millones de pesos a enero 1 de 2019. 

Igualmente, es importante mencionar otra de las adiciones que trae consigo la aplicación de esta ley: la creación del nuevo impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (artículo 66 de la Ley 1943 de 2018), el cual consiste en un modelo de tributación opcional de causación anual y pago anticipado bimestral, que sustituye el impuesto de renta e integra el impuesto nacional al consumo cuando se desarrollen actividades de servicio de expendio de comidas y bebidas, IVA (solo cuando sean desarrolladas las actividades del numeral 1 del artículo 908 del ET) y el impuesto de industria y comercio consolidado. 

Nota: Por medio del Decreto 608 de abril 8 de 2019 el Ministerio de Hacienda estableció los plazos para efectuar la declaración y pago del impuesto al patrimonio. 

Objetivos 

  1. Identificar las características del nuevo impuesto al patrimonio por los años 2019, 2020 y 2021. 
  2. Señalar los requisitos para optar al nuevo régimen simple de tributación. 
  3. Comprender a través de ejemplos prácticos los efectos fiscales del nuevo impuesto al patrimonio y el régimen simple de tributación. 

Temario 

  • Nuevo impuesto al patrimonio. 
    • Sujetos pasivos y no deducibilidad del impuesto. 
    • Hecho generador, base gravable y tarifa. 
    • Casos prácticos. 
  • Nuevo impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación. 
    • Características y elementos sustanciales. 
    • Condiciones para establecer los límites de los ingresos fiscales. 
    • Sujetos que no pueden optar por este régimen. 
    • Tarifas y plazos aplicables. 
    • Declaración y pago. 
    • Exclusión de este impuesto. 
    • Casos prácticos. 

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Alexander Cobo Barrera
Contador público de la Universidad del Valle. Especialista en gerencia tributaria y docencia para la educación superior. Posee una experiencia de 18 años como asesor y consultor empresarial en materia tributaria, además de un extenso recorrido en el ejercicio de la revisoría fiscal. Ha sido consultor en procesos de implementación de NIIF para Pymes. En el ejercicio de la docencia ha tenido una amplia trayectoria en la Universidad del Valle; así mismo, en el diplomado en impuestos de la Universidad del Valle sede Tuluá, siendo titular en las cátedras de matemáticas financieras, contabilidad general, auditoría, contabilidad de costos y derecho tributario empresarial. Autor de las publicaciones como “Declaración de renta para personas naturales 2014” y “Cartilla de actualización tributaria 2015”; también ha participado como escritor para la revista "Acopi Informa" - Cauca y fue conferencista en entidades gremiales como Acopi Cauca y Fenavi. En la actualidad es conferencista de Actualícese a nivel nacional, en materia de impuestos, y es socio fundador y conferencista de la compañía Grupo ACB consultores y asesores SAS.
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