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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 220-003897 del 17-01-2022


Actualizado: 17 enero, 2022 (hace 3 años)

Superintendencia de Sociedades
Concepto 220-003897

Enero 17 de 2022   

La Superintendencia de Sociedades indica que el incumplimiento de los deberes del administrador no da lugar a que se nombre un suplente, para esto es necesaria su ausencia. 

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