Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento del beneficio de auditoría según la Ley 1943 de 2018


Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

¿A qué se refiere el beneficio de auditoría y qué contribuyentes pueden aplicarlo?

Resueltas enero 17 de 2019

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios precisa que el artículo 105 de la Ley 1943 de 2018 adicionó al Estatuto Tributario –ET– el artículo 689-2 sobre el beneficio de auditoría, el cual aplicará para los años gravables entre 2019 y 2020, siempre y cuando el contribuyente del impuesto sobre la renta cumpla los requisitos prescritos en el nuevo artículo.

Por ejemplo, para gozar del beneficio de auditoría en la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2019 que se presenta en 2020, el contribuyente debe:

  • Haber presentado la declaración del año gravable 2018.
  • El impuesto neto de renta del año gravable 2018 no debe ser menor a 71 UVT,
  • Y el impuesto neto de renta del año gravable 2019 debe ser, como mínimo, mayor en un 30 % respecto al del 2018, con lo cual la firmeza operaría dentro de los seis meses siguientes a la presentación de la declaración, o si está entre el 20 % y el 29 %, dicha firmeza operaría dentro de los doce meses siguientes a la presentación.

De igual modo, para gozar del beneficio de auditoría en la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2020 que se presenta en 2021 deben cumplirse los requisitos respecto al 2019.

Para leer más sobre este tema, vaya al análisis Declaración de renta del año gravable 2018 y beneficio de auditoría para el año gravable 2019.

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