Aclara tus dudas con estos 6 aspectos importantes sobre el piso de protección social. Recordemos que este tiene la finalidad de que los trabajadores independientes y dependientes que devenguen menos de un salario mínimo mensual legal vigente accedan a las garantías del sistema de seguridad social.
Mediante el artículo 193 de la Ley 1955 de 2019 se creó el piso de protección social en Colombia, el cual fue reglamentado con el Decreto 1174 de 2020.
Cabe recordar que la Corte Constitucional declaró inexequible el piso de protección social, no obstante, contempló un plazo para tramitar nuevamente la ley de forma independiente.
A continuación, te presentamos 6 aspectos clave que te ayudarán a resolver inquietudes sobre el tema:
La abogada Angie Marcela Vargas, especialista en derecho laboral y de seguridad social, da a conocer quiénes se encuentran obligados a realizar el aporte al piso de protección social en 2022; también indica a cuánto equivale dicho aporte, de acuerdo con el artículo 193 de la Ley 1955 de 2019.
Complementa esta respuesta visitando nuestro análisis Aporte al piso de protección social 2022.
De acuerdo con la Sentencia C-276 de agosto 19 de 2021, la abogada Angie Marcela Vargas indica cuáles son las implicaciones que se derivan de la declaratoria de inconstitucionalidad del piso de protección social.
Complementa esta respuesta visitando nuestro análisis Piso de protección social es constitucional según sentencia de Corte.
La abogada Angie Marcela Vargas, especialista en derecho laboral y de seguridad social, señala cuáles son las recomendaciones o alternativas para los trabajadores que pertenecen al piso mínimo de protección social después de que este se declarara inconstitucional en la Sentencia C-276 de 2021.
En relación con el aporte al piso de protección social, la abogada Angie Marcela Vargas explica cómo realizar el cálculo del ingreso neto de un trabajador independiente con un ingreso inferior a un salario mínimo mensual legal vigente, de acuerdo con lo indicado en el Decreto 1174 de 2020.
No olvides visitar nuestro análisis Piso de protección social: liquidación del aporte según el tipo de vinculación.
La abogada Angie Marcela Vargas aclara si los trabajadores acogidos al piso mínimo de protección social deben actualizar los datos y documentos para continuar perteneciendo a este, y cuál sería la periodicidad para realizar esta actualización, de acuerdo con el artículo 2.2.13.14.2.3 del Decreto 1174 de 2020.
La abogada Angie Marcela Vargas, especialista en derecho laboral y de seguridad social, explica si es posible que los trabajadores con doble vinculación laboral apliquen al piso de protección social, según lo señalado en el artículo 2.2.13.14.1.3 del Decreto 1174 de 2020.
Complementa esta respuesta visitando nuestros análisis Piso de protección social: afiliación de trabajadores con doble vinculación laboral y Piso de protección social: ¿cómo proceder frente a casos particulares?