Carlos Sastoque afirma que está conferencia está dirigida para quienes por primera vez ejercerán la revisoría fiscal en una entidad o quienes han sido reelegidos. Normalmente el ejercicio de la revisoría fiscal inicia el 1 de abril de un año y termina el 31 de marzo del siguiente; 12 meses completos.
En cuanto a los puntos mínimos a tener en cuenta para iniciar una revisoría fiscal, Sastoque resalta el verificar cuáles son las funciones mínimas del revisor fiscal, según el artículo 207 del Código de Comercio y otras normas legales vigentes.
De igual forma, determinar cuáles son los informes mínimos que por obligación legal debe presentar el revisor fiscal. También hay que cerciorarse de las inhabilidades e incompatibilidades para ejercer la revisoría fiscal.
Hay que tener en cuenta que, sin importar el tipo de ente económico con y sin ánimo de lucro, si está obligado a tener revisor fiscal o si lo tiene por voluntad de los propietarios o del máximo organismo, las funciones mínimas del revisor fiscal son iguales en todos los casos.
Carlos Sastoque es Contador Público que se ha desempeñado como miembro de la Junta Central de Contadores Públicos y del Colegio de Contadores Públicos de Colombia. De igual manera fue asesor del Consejo Técnico de la Contaduría. Coautor de los libros ‘Iniciación a las NIIF’ y ‘Valor Agregado de la Revisoría Fiscal’.