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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Anticipos bimestrales del régimen simple para AG 2022: comienzan vencimientos para su presentación


régimen simple
Actualizado: 6 mayo, 2022 (hace 3 años)

Entre el 10 y el 23 de mayo de 2022 los contribuyentes del régimen simple deberán presentar y pagar el anticipo del primer bimestre del año gravable 2022 correspondiente al período enero-febrero.

Aquí te contamos algunos puntos que se deberán tener en cuenta al momento de cumplir con esta obligación.

“La base sobre la cual se determinará el valor del anticipo a pagar en el régimen simple dependerá de los ingresos brutos bimestrales del contribuyente”

De acuerdo con el parágrafo 4 del artículo 908 del Estatuto Tributario –ET–, los contribuyentes del régimen simple de tributación se encuentran obligados a pagar de forma bimestral un anticipo a título del impuesto unificado bajo este régimen, a través de los recibos de pago electrónico (formulario 2593), el cual debe incluir la información sobre los ingresos que corresponde a cada municipio o distrito.

La base sobre la cual se determinará el valor del anticipo a pagar en el régimen simple dependerá de los ingresos brutos bimestrales del contribuyente y de la actividad económica desarrollada por el mismo. Sobre dicha base deberán aplicarse las tarifas correspondientes contenidas en el parágrafo 4 del artículo 908 del ET (ver nuestro editorial Anticipos bimestrales en el SIMPLE: determinación del valor a pagar en los recibos electrónicos).

Ahora bien, el artículo 1.6.1.13.2.52 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1778 de 2021, señala que entre el 10 y el 23 de mayo de 2022 deberá cumplirse con la presentación y pago del primer anticipo del año gravable 2022 correspondiente al bimestre enero-febrero; estos plazos se distribuirán atendiendo al último dígito del NIT registrado en el RUT del contribuyente (ver nuestro editorial Régimen simple: plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias durante 2022).

Nota: consulta nuestro Calendario tributario 2022 – versión digital para conocer la fecha específica en la que deberás presentar el anticipo bimestral del SIMPLE según el último dígito del NIT registrado en el RUT.

A continuación, presentamos algunos detalles sobre los aspectos más importantes que deben tenerse en cuenta al momento de cumplir con la presentación y pago de los anticipos bimestrales en el régimen simple. Veamos:

Puntos clave para efectuar correctamente los anticipos bimestrales del régimen simple

  • Para que se dé como cumplido el pago de los anticipos del régimen simple, inmediatamente después de diligenciar el formulario 2593 en los servicios informáticos electrónicos de la Dian (plataforma Muisca), se debe generar en el sistema el formulario 490 y proceder con el pago, ya sea de forma electrónica o presencial, ante las entidades autorizadas para recaudar.  
  • El pago debe realizarse el mismo día en el que se genere el formulario 490.
  • En caso de diligenciar el formulario 2593 e inmediatamente generar el formulario 490, pero no realizar el pago el mismo día, se hace indispensable ingresar nuevamente al formulario 2593, ya diligenciado, y generar de nuevo el formulario 490 para proceder con el pago. Ten en cuenta que el recibo de pago 490 solo puede ser usado en la fecha con la que se registre dicho formulario.
  • Si se realiza el pago del anticipo del régimen simple después de la fecha de vencimiento, al momento de generar en el sistema el formulario 490 se calcularán automáticamente los intereses de mora causados.
  • No podrá realizarse el pago mediante un formulario 490 que haya sido diligenciado manualmente o que se haya generado sin diligenciar previamente el formulario 2593, dado que no quedará vinculado el formulario 2593 al recibo de pago oficial y, por tanto, no podrá realizarse el pago del respectivo anticipo. Lo anterior, debido a que el formulario 490 que se origina luego de diligenciar el formulario 2593 genera imputaciones de pago de los diferentes impuestos integrados en el régimen simple, por consiguiente, quedarán sin pagar impuestos integrados.
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¿Cómo realizar el pago del anticipo bimestral?

Para realizar el pago del anticipo bimestral, el contribuyente del SIMPLE deberá ingresar al portal de la Dian mediante la opción transaccional e iniciar sesión con el usuario registrado. Posteriormente, debe diligenciar los datos requeridos en el formato, recibo electrónico SIMPLE –formulario 2593–.

Una vez diligenciado el formulario 2593, el sistema le mostrará la opción para el pago:

  • Electrónico: si dispone de firma electrónica, podrá ingresar al botón de pagos y realizar su pago por este canal con cargo a su cuenta débito de su banco (ahorros o corriente).
  • Presencial: deberá imprimir dos (2) ejemplares del recibo oficial de pago de impuestos nacionales (formulario 490) en tamaño carta y dirigirse a uno de los bancos autorizados, cancelar el valor correspondiente y recibir su copia con el sello de recibido con pago y fecha de la transacción.

Es importante no perder de vista que los anticipos bimestrales del régimen simple deben presentarse aun cuando durante el respectivo bimestre no se haya obtenido ingresos.

Recuerda que desde Actualícese hemos preparado un completo análisis en cual podrás estudiar todos los aspectos relacionados con el régimen simple de tributación. Consúltalo en Régimen simple: tarifas, declaraciones, novedades y mucho más

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