La declaración de renta de personas naturales 2021 deberá atender varias novedades, entre las que figuran algunos cambios de la Ley de reforma tributaria 2155 de 2021.
Entre el 9 de agosto y 19 de octubre de 2022 se debe cumplir con esta obligación fiscal. Aquí resolvemos 10 preguntas al respecto.
Preguntas resueltas 02 de junio de 2022.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 592 y 594-3 del ET, en conjunto con lo dispuesto en el artículo 1.6.1.1.3.2.7 del DUT 1625 de 2016 (luego de ser sustituido con el Decreto 1778 de 2021), deberán presentar la declaración de renta y complementario las personas naturales y sucesiones ilíquidas que durante 2021 calificaron como residentes fiscales ante el Gobierno colombiano, y que durante dicho año pertenecieron al régimen ordinario (pues no se acogieron voluntariamente al régimen simple), que al 31 de diciembre de 2021 cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
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A continuación, el Dr. Diego Guevara Madrid, líder de investigación tributaria de Actualícese, responde las inquietudes más comunes sobre la declaración de renta de personas naturales.