Responde conferencista: Roberto Valencia.
¿Un auditor puede emitir una opinión sin obtener las manifestaciones escritas solicitadas a la dirección de la organización?
Pregunta resuelta 13 de julio de 2022.
El Dr. Roberto Valencia, especialista en auditoría y revisoría fiscal, indica que las manifestaciones escritas también constituyen evidencia de auditoría; estas corresponden a la información que utiliza el auditor para poder llegar a una conclusión sobre la razonabilidad de los estados financieros y los marcos normativos.
El conferencista explica, además, que las manifestaciones escritas son necesarias para emitir una opinión; es decir, el auditor no puede emitir una opinión sin obtener por lo menos la información concerniente a las responsabilidades de la preparación de la información financiera, o aquella información que requiera y que fortalezca la evidencia de auditoría.
Se debe tener en cuenta que el auditor debe dejar clara desde el comienzo de la auditoría la existencia de la carta de representación o manifestación escrita y comunicar que durante la auditoría va a obtener declaraciones o manifestaciones escritas relacionadas con el fraude.