Así lo dispuso la Resolución 001289 de diciembre 21 de 2022. De todas formas, no es lógico que se pida diligenciar las hojas 3 y 4 del formulario 260 con la información de los activos en el exterior a diciembre 31 de 2022 si la Ley 2277 de 2022 exige que también se deberá presentar el formulario 160.