Para los casos en que se corrija una declaración de renta, se disminuya el saldo a pagar o aumente el saldo a favor de la declaración anterior, ¿debe liquidarse la sanción por corrección?
En casos de corrección de declaraciones de renta que disminuyen el saldo a pagar o aumentan el saldo a favor, se debe tener en cuenta el artículo 589 del ET. Este artículo establece un plazo de un año desde el vencimiento para declarar para realizar dichas correcciones sin sanción de corrección. Sin embargo, si se altera la información de una declaración ya reportada en información exógena, puede aplicarse la sanción del artículo 651 del ET.
Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Casos prácticos en el régimen sancionatorio de la declaración de renta” realizado el 28 de Septiembre de 2023.
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