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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Restaurantes quieren tener claridad frente al pago de impuesto al consumo o IVA


Actualizado: 6 febrero, 2019 (hace 6 años)

Parágrafo transitorio del artículo 426 de la Ley de financiamiento genera dudas para el sector de los restaurantes en Colombia.

El sector de restaurantes en Colombia enfrenta una dualidad que podría definir su futuro. Al menos así lo resaltó la firma de abogados Holland and Knight ante el escenario que enfrentan las empresas con el impuesto al consumo, que llega a 8 %, o el impuesto a las ventas, que asciende a 19 %.

El punto en cuestión es el artículo 426 de la Ley de financiamiento. En dicho artículo se encuentra un parágrafo transitorio, el cual estipula que las empresas que desarrollen actividad de comidas y bebidas bajo franquicias “podrán optar hasta el 30 de junio por inscribirse como responsables del IVA”.

Para el socio de impuestos de Holland and Knight, Juan Carlos Valencia, es necesario buscarle un sentido lógico a esa norma. “Como habla de una opción, la interpretación que está imperando entre muchos empresarios es que ellos tendrían la posibilidad de decidir si pasan o no de impuesto al consumo a IVA. Eso es lo que el Gobierno debe aclarar”.

Fuente: La República.

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