La Ley 2277 de 2022 terminó afectando 38 normas que deberán ser tomadas en cuenta para la preparación y presentación de las declaraciones AG 2023.
En esta herramienta, Diego Guevara recopila las normas del ET, y otras por fuera de dicho estatuto, que tienen relación con los aspectos sustantivos del impuesto de renta.
A continuación se presenta un cuadro sinóptico que recopila las normas del Estatuto Tributario (y otras por fuera de dicho Estatuto) que se relacionan con los aspectos sustantivos del impuesto de renta y de ganancia ocasional de las personas naturales que fueron afectadas con las siguientes normas:
Lo anterior se encuentra recopilado en el Concepto Dian 087 de febrero 14 de 2024.
Nota: para estudiar las versiones comparativas de las normas que fueron afectadas por dichas leyes, véase el documento en Word titulado: Comparativo de las normas afectadas con la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 y su evolución normativa durante el 2023, el cual está incluido dentro del material de descarga del producto educativo:
Guía para preparar y presentar declaraciones de renta de personas naturales año gravable 2023
Los cambios a los aspectos sustantivos del impuesto de renta (bases, descuentos, tarifas, etc.) introducidos por las normas antes descritas empezaron a tener efectos justamente a partir del año gravable 2023 y, por tanto, deben ser tomadas en cuenta en los procesos de elaboración y presentación de las declaraciones de renta y complementarios de este período.
Téngase presente que otras normas con fuerza de ley expedidas durante el año 2023, y que introdujeron cambios a los aspectos sustantivos del impuesto de renta o régimen simple de las personas jurídicas, solo se pueden aplicar a partir del año gravable 2024 y siguientes (ver artículos 338 y 363 de la Constitución Política de Colombia; ver por ejemplo los cambios introducidos con los artículos 69 y 334 de la Ley 2294 de mayo de 2023).
Recordemos que, aunque la redacción de las leyes emplea en forma especial los términos “adicionar”, “modificar” y “derogar”, es importante aclarar que para los efectos del cuadro que se presenta a continuación, dichos términos se deben entender así:
Adicionar: cuando se agrega todo un artículo nuevo al ET o a una ley por fuera del ET.
Modificar: cuando a un artículo vigente simplemente se le modifican palabras, o se le derogan o adicionan incisos y/o parágrafos, pero al final sigue existiendo el mismo artículo.
Derogar: cuando un artículo queda completamente borrado del ET o de las leyes por fuera del ET.
Te invitamos a conocer de la mano de nuestro líder de investigación tributaria, Diego Guevara, los efectos de la aplicación de la reforma tributaria 2022 en el año 2024: