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Artículo 14-2. Efectos tributarios de la escisión de sociedades. <Artículo derogado por el artículo 198 de la Ley 1607 de 2012>.
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Nota de vigencia
Nota del Editor
Cabe resaltar que, los efectos tributarios de la fusión y escisión de las sociedades se encuentran regulados actualmente en los Art. 319-3, 319-4, 319-5, 319-6, 319-7, 319-8 y 319-9 del E.T.