Nuevos recursos
ACTUALIDAD - 28 abril, 2025
ACTUALIDAD - 24 abril, 2025
ACTUALIDAD - 24 abril, 2025
FORMATOS - 24 abril, 2025
FORMATOS - 24 abril, 2025
Derecho Laboral - 24 abril, 2025
Derecho Laboral - 24 abril, 2025
FORMATOS - 22 abril, 2025
FORMATOS - 22 abril, 2025
ACTUALIDAD - 14 abril, 2025
Actas - 11 abril, 2025
FORMATOS - 11 abril, 2025
Guía Multiformato - 11 abril, 2025
Capacitación - 4 abril, 2025
Guía Actualícese - 1 abril, 2025
Guía Actualícese - 15 abril, 2025
Hemos creado este compilatorio con los mejores formatos en Excel para liquidar ante la Dian las sanciones por extemporaneidad, corrección e inexactitud. Además, si olvidaste presentar alguna de tus declaraciones, como IVA, retefuente, GMF, activos en el exterior, etc., aquí encontrarás la solución.
Como contribuyente debes cumplir con tus obligaciones tributarias o de reporte de información dentro de los plazos estipulados por el Gobierno nacional.
Los vencimientos previstos para el año 2025 fueron establecidos con el Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023, entre otras normas.
Considerando el amplio régimen sancionatorio aplicable en materia tributaria, Actualícese ha preparado este compilatorio especial que te servirá para conocer el procedimiento tributario 2025 y algunas de las sanciones relacionadas con las declaraciones de orden nacional.
Aquí contemplaremos las condiciones para calcular las sanciones por no declarar y abordaremos cada caso con sus posibles reducciones de la siguiente manera:
Cuando no presentas tus obligaciones tributarias dentro de los plazos estipulados puedes incurrir en sanción por extemporaneidad, cuya liquidación varía dependiendo del tipo de declaración, si la estás calculando antes o después del emplazamiento y si cuentas con la posibilidad de reducirla.
En este Excel podrás liquidar las sanciones por extemporaneidad de las declaraciones tributarias que no fueron presentadas dentro del plazo, siempre y cuando la Dian no te haya proferido el emplazamiento.
Con nuestra herramienta podrás verificar el valor de la sanción por extemporaneidad después del emplazamiento proferido por la Dian.
Para tal efecto, debes presionar el botón “Calcular” que se encuentra en el archivo descargable y seguir los pasos que allí se indican.
Este modelo no tiene en consideración los términos en que la Dian puede hacer exigible la presentación de una declaración tributaria, así como tampoco la fecha en que empezó a aplicar determinada obligación o tributo.
Puedes generar una corrección cuando como preparador de la información o contribuyente notas que has registrado una o más cifras erradas, ya sea por un error en el cálculo de algún valor o por la omisión, desestimación o sobre estimación de los datos.
Aquí contemplaremos las condiciones para calcular la sanción por corrección cuando el contribuyente la realiza de forma voluntaria (artículo 644 del ET), ya sea antes o después del emplazamiento(antes de que la Dian le notifique el requerimiento especial), incluyendo entre los cálculos los beneficios de reducción de sanción expuestos en el Estatuto Tributario.
Teniendo en cuenta lo previsto en el inciso primero del artículo 648 del Estatuto Tributario –ET– y en los artículos 709 y 713 del ET, se logra interpretar que esta sanción por inexactitud es liquidada por la Dian y notificada al contribuyente a través de un requerimiento especial.
Por lo tanto, la diferencia entre los valores liquidados por la Dian y los declarados por el contribuyente serán la base para el cálculo de la sanción.
Así mismo, dependiendo de las conductas sancionables se determinará la tarifa de la inexactitud y si se puede o no reducir el monto.
Te invitamos a revisar detalladamente cada sección de nuestro liquidador automático.
Aprende con nuestro consultorio todo acerca de las obligaciones tributarias establecidas en la ley y aplicables a las personas naturales y jurídicas a tener en cuenta en el 2025.
No olvides seguirnos como @actualícese en las diferentes redes sociales y visitar nuestros Packs de Formatos para que estés al día con toda la actividad contable.