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La seguridad social es un derecho fundamental que también cobija a las personas que trabajan por días en el servicio doméstico. En Colombia, este grupo de trabajadores debe ser vinculado mediante un contrato laboral y contar con todas las garantías legales, sin importar si prestan sus servicios uno o varios días a la semana.
Los trabajadores y trabajadoras del servicio doméstico son aquellas personas que prestan directamente sus servicios en hogares o casas de familia en tareas como limpieza, cocina y cuidado de niños y adultos mayores. También se incluyen jardineros, conductores y empleados de fincas. Estos trabajadores deben ser vinculados con un contrato de trabajo y tienen derecho a todas las garantías laborales mínimas establecidas en la ley.
El artículo 33 de la Ley 2466 de 2025, que hace parte de la reforma laboral, formaliza el trabajo doméstico remunerado en línea con lo establecido por el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo –OIT–.
Además, la norma reafirma que las personas que prestan servicios domésticos deben ser reconocidas como trabajadores dependientes. Por lo tanto, su contratación debe hacerse mediante un contrato de trabajo escrito, en cualquiera de sus modalidades, y contar con todas las garantías laborales mínimas: salario justo, jornada laboral definida, pago de horas extras y recargos, afiliación al sistema de seguridad social, prestaciones sociales.
Si deseas saber más sobre afiliación de trabajadores domésticos, consulta nuestro análisis Así se debe contratar a una empleada doméstica en Colombia.
Los trabajadores domésticos a tiempo parcial son aquellos cuyas jornadas laborales son inferiores a las de los trabajadores a tiempo completo en situaciones comparables y además devengan ingresos mensuales inferiores a 1 smmlv. Debido a esto, dichos trabajadores reciben una remuneración proporcional a las horas trabajadas.
Los aportes a la seguridad social de estos trabajadores se deben efectuar de acuerdo con las reglas del Decreto 2616 de 2013. Esta norma regula la vinculación a los sistemas de pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar para trabajadores dependientes con contrato por períodos inferiores a un mes, y con ingresos mensuales inferiores a 1 smmlv.
Respecto de la afiliación y cotización, se debe considerar lo siguiente:
Angie Vargas, experta en derecho laboral, explica este tema:
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