Entre el 10 y el 23 de mayo de 2022 los contribuyentes del régimen simple deberán presentar y pagar el anticipo del primer bimestre del año gravable 2022 correspondiente al período enero-febrero.
Aquí te contamos algunos puntos que se deberán tener en cuenta al momento de cumplir con esta obligación.
De acuerdo con el parágrafo 4 del artículo 908 del Estatuto Tributario –ET–, los contribuyentes del régimen simple de tributación se encuentran obligados a pagar de forma bimestral un anticipo a título del impuesto unificado bajo este régimen, a través de los recibos de pago electrónico (formulario 2593), el cual debe incluir la información sobre los ingresos que corresponde a cada municipio o distrito.
La base sobre la cual se determinará el valor del anticipo a pagar en el régimen simple dependerá de los ingresos brutos bimestrales del contribuyente y de la actividad económica desarrollada por el mismo. Sobre dicha base deberán aplicarse las tarifas correspondientes contenidas en el parágrafo 4 del artículo 908 del ET (ver nuestro editorial Anticipos bimestrales en el SIMPLE: determinación del valor a pagar en los recibos electrónicos).Ahora bien, el artículo 1.6.1.13.2.52 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1778 de 2021, señala que entre el 10 y el 23 de mayo de 2022 deberá cumplirse con la presentación y pago del primer anticipo del año gravable 2022 correspondiente al bimestre enero-febrero; estos plazos se distribuirán atendiendo al último dígito del NIT registrado en el RUT del contribuyente (ver nuestro editorial Régimen simple: plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias durante 2022).
Nota: consulta nuestro Calendario tributario 2022 – versión digital para conocer la fecha específica en la que deberás presentar el anticipo bimestral del SIMPLE según el último dígito del NIT registrado en el RUT.
A continuación, presentamos algunos detalles sobre los aspectos más importantes que deben tenerse en cuenta al momento de cumplir con la presentación y pago de los anticipos bimestrales en el régimen simple. Veamos:
Para realizar el pago del anticipo bimestral, el contribuyente del SIMPLE deberá ingresar al portal de la Dian mediante la opción transaccional e iniciar sesión con el usuario registrado. Posteriormente, debe diligenciar los datos requeridos en el formato, recibo electrónico SIMPLE –formulario 2593–.
Una vez diligenciado el formulario 2593, el sistema le mostrará la opción para el pago:
Es importante no perder de vista que los anticipos bimestrales del régimen simple deben presentarse aun cuando durante el respectivo bimestre no se haya obtenido ingresos.
Recuerda que desde Actualícese hemos preparado un completo análisis en cual podrás estudiar todos los aspectos relacionados con el régimen simple de tributación. Consúltalo en Régimen simple: tarifas, declaraciones, novedades y mucho más