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Banco de la República explica cómo administrará el fondo de ahorro del pilar contributivo de la reforma pensional


El componente de prima media de la reforma pensional se complementa con el fondo de ahorro del pilar contributivo, que se financiará con una porción de ingresos correspondientes a este segmento del pilar contributivo.

Desde el 1 de julio de 2025 el Banco de la República administrará el fondo de ahorro del pilar contributivo –FAPC–, establecido en la reforma pensional, el cual recibirá una porción de las contribuciones de los trabajadores al componente de prima media para respaldar futuras obligaciones de Colpensiones.

La función del BanRep como administrador del FAPC no conlleva ninguna responsabilidad en el recaudo de cotizaciones ni en el pago de pensiones del sistema de prima media, funciones que continúan en cabeza de Colpensiones, con respaldo financiero del Gobierno Nacional.

En línea con su función constitucional de agente fiscal del Gobierno, el BanRep actuará como el administrador del fondo bajo una responsabilidad de medio y no de resultados. Para este propósito, el BanRep proporcionará la infraestructura técnica y operativa adecuada, garantizando una separación estricta entre los recursos del fondo y los propios del BanRep, tanto en términos presupuestarios como contables, guiado por principios de prudencia y diligencia, comunes en los mandatos de administración fiduciaria en el ámbito financiero.

Además, en el diseño operativo del esquema de administración del FAPC, el BanRep garantizará que la operación del fondo esté totalmente separada del manejo de las reservas internacionales y de las operaciones de política monetaria, cambiaria y crediticia, cuyos lineamientos son definidos por la Junta Directiva de la institución.

La administración y manejo de los recursos del fondo deberá seguir los principios del inversor prudente, considerando los propósitos de las inversiones, los plazos, la diversificación del portafolio y la política de inversión.

La evaluación del fondo se basará exclusivamente en criterios técnicos que consideren las decisiones de inversión y administración dentro del contexto del portafolio agregado, en lugar de centrarse en inversiones individuales. Este enfoque toma en cuenta los parámetros de riesgo y rentabilidad que establecerá el Comité Directivo, así como las condiciones cambiantes del mercado.

Fuente: Banco de la República.

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