Actualícese.com
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Beneficios para los contribuyentes deudores otorgados por la Ley 2155 de 2021


Contribuyentes deudores

Aquí hablaremos sobre...

  • Conciliación contencioso-administrativa
  • Terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos
  • Principio de favorabilidad en etapa de cobro

Mediante los artículos 46, 47 y 48 de la Ley 2155 de 2021, el Gobierno nacional concedió una serie de beneficios para los contribuyentes deudores, agentes de retención, entre otros, que se encuentren adelantando procesos administrativos con la Dian.

Descubre todos los detalles a continuación.

Los beneficios otorgados por la Ley 2155 de 2021, a través de sus artículos 46, 47 y 48, permiten realizar conciliaciones en procesos contencioso-administrativos, terminar por mutuo acuerdo los procesos administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria, así como aplicar el principio de favorabilidad señalado en el parágrafo 5 del artículo 640 del Estatuto Tributario –ET–, dentro del proceso de cobro a solicitud del contribuyente, responsable, declarante, agente retenedor, deudor subsidiario o garante.

beneficios para contribuyentes deudores

Conciliación contencioso-administrativa

De acuerdo con el artículo 46 de la Ley 2155 de 2021, los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales, y los usuarios aduaneros y del régimen cambiario que hayan presentado demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo, podrán conciliar el valor de las sanciones e intereses según el caso (discutido contra liquidaciones oficiales) mediante solicitud presentada ante la Dian, así:

Conciliación contencioso-administrativa

Para visualizar de forma completa esta tabla, te invitamos a consultar nuestra Cartilla Práctica Reforma tributaria, Ley de Inversión Social 2155 de 2021.

Terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos

El artículo 47 de la Ley 2155 de 2021 señala que los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales, y los usuarios aduaneros y del régimen cambiario, a quienes se les haya notificado antes del 30 de junio de 2021 requerimiento especial, liquidación oficial o resolución del recurso de reconsideración podrán transar con la Dian, hasta el 31 de marzo de 2022, lo siguiente:

terminación por mutuo acuerdo para contribuyentes deudores

Para visualizar de forma completa esta tabla, te invitamos a consultar nuestra Cartilla Práctica Reforma tributaria, Ley de Inversión Social 2155 de 2021

Principio de favorabilidad en etapa de cobro

Según el artículo 48 de la Ley 2155 de 2021, los contribuyentes, declarantes, agentes retenedores, responsables, deudores solidarios y subsidiarios o garantes que al 30 de junio de 2021 tenían obligaciones fiscales a cargo que prestaran mérito ejecutivo, conforme a lo establecido en el artículo 828 del ET, podrán solicitar ante el área de cobro de la respectiva dirección seccional de la Dian la aplicación del principio de favorabilidad en materia sancionatoria.

El principio de favorabilidad en la etapa de cobro y su respectiva reducción de sanciones aplicarán para todas las sanciones tributarias disminuidas mediante la Ley 1819 de 2016. Para tal efecto, la persona debe pagar totalmente el impuesto a cargo e intereses a que haya lugar, con el pago de la respectiva sanción reducida por la Ley 1819 de 2016. Al momento del pago de la sanción reducida, esta debe estar actualizada según el artículo 867-1 del ET.

La solicitud de aplicación del principio de favorabilidad en etapa de cobro deberá realizarse a más tardar el 31 de marzo de 2022. La Dian deberá resolver la solicitud en un término de un (1) mes contado a partir del día de su interposición. Contra el acto que rechace la solicitud de aplicación del principio de favorabilidad procede el recurso de reposición, y en subsidio, el de apelación.

Para conocer más detalles relacionados con los beneficios para deudores, así como su reglamentación y demás novedades de la Ley 2155 de 2021, te invitamos a consultar nuestra Cartilla Práctica Reforma tributaria, Ley de Inversión Social 2155 de 2021.

¡Pero eso no es todo!

Si eres suscriptor Oro o Platino y quieres acceder a todas nuestras cartillas, revistas, libros y especiales en versión digital, solo debes acceder aquí.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,