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Actualizado: 20 diciembre, 2024 (hace 17 horas)

Ten siempre a la mano nuestro Calendario tributario 2025, elaborado según lo establecido en el Decreto 2229 de 2023 y otras normas. Aquí encontrarás los plazos de las principales obligaciones y reportes de la información financiera, comercial o fiscal exigida en Colombia.

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El Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023, la Resolución 000162 de octubre 31 de 2023 (modificada por la Resolución 000188 de octubre 30 de 2024) y las circulares externas 100-000009 de noviembre 2 de 2023 100-000006 de noviembre 9 de 2018 establecen el calendario tributario con los plazos para la presentación y pago de las declaraciones en 2025, el reporte de la información financiera o fiscal en Colombia, y la actualización del registro único de beneficiarios finales, entre otras obligaciones.

Calendario tributario 2025: declaración y pago de obligaciones en Colombia

En este calendario tributario descargable encontrarás:

IMPORTANTE:
El calendario tributario 2025 y sus notas fueron elaborados a título de guía; cualquier interpretación o acción derivada de este será responsabilidad del usuario o asesor tributario, quien, con base en su criterio profesional, el estudio de las normas relacionadas y la atención correspondiente a los cambios que se presenten, emitirá su concepto particular. Te recomendamos mantenerte al tanto de la información contable y fiscal actualizada a través de nuestros boletines diarios.

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Términos y condiciones

Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

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