Un empleado puede solicitar una certificación laboral y una carta de recomendación; el empleador está en la obligación de otorgar la primera, pero la segunda es potestativa y depende de la evaluación que se tenga del trabajo desempeñado.
Esta es una guía para generar tal carta de recomendación.
El numeral 7 del artículo 57 del CST trata de la obligación por parte del empleador de dar al trabajador que lo solicite, a la expiración del contrato, una certificación en que consten el tiempo de servicio, la índole de la labor y el salario devengado, pero, dicho artículo no habla de la recomendación laboral.
Es aquel documento que elabora el empleador para resaltar las aptitudes y actitudes del trabajador que laboró en su empresa.
Aquí te presentamos una carta de recomendación laboral con la siguiente estructura:
A continuación, te compartimos nuestro consultorio laboral en donde la conferencista Angie Vargas explica los puntos más importantes en contratación laboral y otros temas de actualidad para el año 2024: