Con esta herramienta en Excel conocerás de forma práctica la contabilización de compras realizadas por un ente económico de contado o a crédito y, en algunas situaciones, asumiendo impuestos que olvidó practicar.
Clasificaremos las compras según el área o departamento al cual pertenezcan.
Para iniciar con estos casos prácticos, es importante recordar que cada asiento contable debe contener por lo menos dos cuentas para realizar correctamente el registro de las operaciones de una empresa, por ejemplo, el gasto contra la cuenta por pagar. Esta es la base de la contabilidad, más conocida como el sistema de partida doble.
Por lo tanto, los registros contables son fundamentales para la empresa y la toma de decisiones porque permiten:
La operación por compras hace referencia a una transacción comercial, en la cual se reciben bienes y/o servicios a cambio de dinero o su equivalente; es a través de la factura que se reconocen la existencia de dichos bienes y/o servicios y la obligación de pagarlos, ya sea de contado o a plazos.
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Por otro lado, un impuesto asumido es el valor que legalmente no le corresponde pagar a una empresa por tratarse de un impuesto a cargo de un tercero, ya sea proveedor, acreedor, contratista o empleado, generalmente por retenciones que se olvidaron practicar en una compra o IVA sin generar en una venta.
Nota: los gastos por impuestos asumidos no son deducibles del impuesto de renta y complementarios, de allí la importancia de realizar adecuadamente su registro contable.
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Recordemos que la operación de compras a crédito es una transacción comercial en la que la factura es considerada un título valor por medio del cual se reciben los bienes y/o servicios a cambio de la obligación de pagarlos a futuro.
Teniendo en cuenta lo anterior, hemos elaborado estos casos prácticos, con los que aprenderás a registrar en el gasto las compras, clasificándolas según el área o departamento al cual pertenezcan, ya sea administrativo, ventas o producción, y de acuerdo con su función, por ejemplo, servicios, compras, gastos diversos, etc., contra el efectivo y su equivalente, o el pasivo por pagar. Dicho pasivo se debitará cuando se pague la factura. Además, encontrarás el tratamiento para los impuestos asumidos como gasto no deducible del impuesto de renta y complementario.
En el siguiente video, disponible en nuestro canal de YouTube, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, explica por qué los impuestos asumidos son considerados gastos no deducibles:
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