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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Casos prácticos de liquidación y contabilización de sanciones por no inscribirse o actualizar el RUT



Con estos casos prácticos podrás conocer los montos y las condiciones asociadas a las sanciones por incumplir las obligaciones de inscripción y actualización del RUT.

Además, te explicaremos el registro contable de este tipo de sanciones en una pyme.

Las personas naturales y jurídicas inscritas en el registro único tributario –RUT–, administrado por la Dian, deben preocuparse por efectuar oportunamente las actualizaciones necesarias en cualquiera de los datos que componen las diferentes hojas de dicho documento, ya sean los datos de identificación y ubicación, los del estado del contribuyente, los de sus representantes legales, revisores fiscales o contadores, entre otros.

Podemos decir, entonces, que la actualización del RUT es el procedimiento que permite modificar la información contenida en él. Algunas actualizaciones podrán realizarse de forma virtual, otras solo serán permitidas mediante agendamiento de citas directamente con la Dian.

Casos prácticos de liquidación y contabilización de sanciones por no inscribirse o actualizar el RUT

Según lo señalado por el artículo 658-3 del ET (que no fue modificado por la Ley 2277 de 2022) hay cuatro situaciones que dan lugar a sanciones relacionadas con el RUT. Cabe anotar que con la derogación del artículo 506 del ET (ver el artículo 160 de la Ley 2010 de diciembre 27 de 2019) consideramos que la sanción prevista en el numeral 2 del artículo 658-3 del ET no se podría imputar (sanción por no exhibir en lugar visible al público la certificación de la inscripción en el RUT por parte de un no responsable del IVA).

Teniendo en cuenta lo anterior, los 3 casos prácticos de sanciones tributarias que expondremos en este formato son:

  1. Cálculo y contabilización de la sanción por no inscribirse en el RUT antes del inicio de la actividad.
  2. Cálculo y contabilización de la sanción por no actualizar la información por parte de una pyme inscrita en el RUT.
  3. Cálculo y contabilización de la sanción por informar datos falsos, incompletos o equivocados.

Obligados a inscribirse en el RUT

Algunas personas y entidades obligadas a inscribirse en el RUT conforme al artículo 1.6.1.2.1 del DUT 1625 de 2016 (modificado por el Decreto 678 de 2022) son:

  • Las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales, y demás impuestos administrados por la Dian.
  • Los patrimonios autónomos constituidos para desarrollar operaciones de comercio exterior, en desarrollo y cumplimiento de la regulación aduanera y aquellos casos que por disposiciones especiales deban contar con un NIT individual.
  • Los inversionistas extranjeros obligados a cumplir deberes formales.
  • Las sucursales en el país de personas jurídicas o entidades extranjeras.
  • Las personas naturales que actúan en calidad de representantes legales, mandatarios, delegados, apoderados y representantes en general.
  • Los revisores fiscales y contadores que deban suscribir declaraciones por disposición legal.
  • Las personas y entidades no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio.
  • Los responsables del IVA.
  • Las personas o entidades no responsables del IVA que requieran la expedición de NIT cuando por disposiciones especiales están obligadas a expedir factura.
  • Los responsables y no responsables del impuesto nacional al consumo.
  • Los responsables del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM.
  • Los agentes retenedores.
  • Los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros.
  • Los profesionales de compra y venta de divisas en efectivo y cheques de viajeros.
  • Los obligados a declarar el ingreso o salida del país de divisas o moneda legal colombiana en efectivo.
  • Los sujetos sobre los cuales la Dian requiera la inscripción para efectos del control del cumplimiento de las obligaciones sustanciales y formales que administra.
  • Las personas que decidan acogerse voluntariamente al SIMPLE.
  • Quienes estén obligados al cumplimiento con las obligaciones sustanciales y formales de las estructuras sin personería jurídica o similares.
TAMBIÉN LEE:   [Conferencia] Sanciones tributarias: esto es lo que deben conocer las personas naturales

Descubre en el siguiente video en dónde encontrar todo sobre el RUT en la página de la Dian.

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