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Con estos casos prácticos podrás conocer los montos y las condiciones asociadas a las sanciones por incumplir las obligaciones de inscripción y actualización del RUT.
Además, te explicaremos el registro contable de este tipo de sanciones en una pyme.
Las personas naturales y jurídicas inscritas en el registro único tributario –RUT–, administrado por la Dian, deben preocuparse por efectuar oportunamente las actualizaciones necesarias en cualquiera de los datos que componen las diferentes hojas de dicho documento, ya sean los datos de identificación y ubicación, los del estado del contribuyente, los de sus representantes legales, revisores fiscales o contadores, entre otros.
Podemos decir, entonces, que la actualización del RUT es el procedimiento que permite modificar la información contenida en él. Algunas actualizaciones podrán realizarse de forma virtual, otras solo serán permitidas mediante agendamiento de citas directamente con la Dian.
Según lo señalado por el artículo 658-3 del ET (que no fue modificado por la Ley 2277 de 2022) hay cuatro situaciones que dan lugar a sanciones relacionadas con el RUT. Cabe anotar que con la derogación del artículo 506 del ET (ver el artículo 160 de la Ley 2010 de diciembre 27 de 2019) consideramos que la sanción prevista en el numeral 2 del artículo 658-3 del ET no se podría imputar (sanción por no exhibir en lugar visible al público la certificación de la inscripción en el RUT por parte de un no responsable del IVA).
Teniendo en cuenta lo anterior, los 3 casos prácticos de sanciones tributarias que expondremos en este formato son:
Algunas personas y entidades obligadas a inscribirse en el RUT conforme al artículo 1.6.1.2.1 del DUT 1625 de 2016 (modificado por el Decreto 678 de 2022) son:
Descubre en el siguiente video en dónde encontrar todo sobre el RUT en la página de la Dian.
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