Mediante la Circular 0026 del 8 de marzo de 2023, la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, exhortó y recordó algunos aspectos relacionados con la eliminación de todo tipo de discriminación en el mundo del trabajo, las violencias contra las mujeres y el acoso sexual, la prevención y corrección del acoso laboral, la responsabilidad de los empleadores públicos y privados respecto de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral y los comités de convivencia, y la responsabilidad de las ARL, e instó a todas las instituciones y empresas a tomar medidas urgentes conducentes a prevenir, atender, sensibilizar y orientar a las y los trabajadores en materia de acoso laboral, acoso sexual laboral, violencia y discriminaciones contra las mujeres y personas LGBTIQ+, con el fin de propender por ambientes laborales dignos.
La Resolución 000885 del 28 de febrero de 2023 de la UGPP establece los requisitos y el procedimiento para la aplicación del parágrafo 1 del artículo 93 de la Ley 2277 de 2022 sobre la reducción transitoria de sanciones para los aportantes a quienes se les haya notificado las sanciones propuestas o determinadas por la UGPP de las que tratan los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 179 de la Ley 1607 de 2012. Este beneficio consiste en que las personas notificadas de dichas sanciones impuestas por la UGPP podrán ver reducidas sus sanciones un 20 % si al 30 de junio de 2023 han pagado la totalidad de la sanción.
: La Circular 0021 del 23 de febrero de 2023 del Ministerio del Trabajo amplió el plazo para el registro anual de autoevaluaciones de Estándares Mínimos y planes de mejoramiento del SG-SST desde el 01 al 24 de marzo de 2023. Desde el año 2020, en el mes de diciembre, las empresas deben aplicar la autoevaluación conforme a la tabla de valores y calificación de los Estándares Mínimos del SG-SST mediante el diligenciamiento del formulario de evaluación establecido en el artículo 27 de la Resolución 000312 de 2019, elaborar el plan de mejora conforme al resultado de la autoevaluación y formular el plan anual del SG-SST, el cual debe empezar a ser ejecutado a partir del 1 de enero del año siguiente.
El Ministerio del Trabajo reiteró los requisitos y elementos del procedimiento disciplinario aplicable dentro de la empresa con el fin de garantizar los derechos al debido proceso y defensa de los trabajadores, conforme a la Sentencia C-593 del 2014 de la Corte Constitucional.
Mediante el Concepto Institucional 70909 del 16 de febrero de 2023, el Ministerio del Trabajo reiteró la naturaleza de las vacaciones laborales, las fórmulas para su liquidación y los requisitos elementos y reglas para la compensación en dinero de las vacaciones, de acuerdo con el artículo 189 del Código Sustantivo del Trabajo.
Mediante el Concepto 68172 del 16 de febrero de 2023, el Ministerio del Trabajo determinó que el cambio de las condiciones laborales por parte del empleador en el ejercicio del ius variandi no aplica para modificar unilateralmente los elementos esenciales del contrato de trabajo.
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que los empleadores tiene la obligación de identificar, anticipar, conocer, evaluar y controlar los riesgos potenciales y peligrosos a los cuales exponen a sus trabajadores. Dicha obligación va más allá de la mera implementación del SGSST.
Mediante el Concepto 02401 del 4 de enero de 2023, el Ministerio del Trabajo precisó que por disposición legal los empleadores tienen la obligación de cubrir la totalidad de los gastos de los exámenes preocupacionales de los trabajadores que van a ocupar un cargo o puesto de trabajo.
El Ministerio de Hacienda dispuso que en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 1955 de 2019, los valores de cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas establecidos con base en el smmlv del Decreto 1072 de 2015 se calcularán con base en su equivalencia en términos de la UVT.
Mediante la Resolución 2809 del 30 de diciembre 2022, el Ministerio de Salud y Protección Social fijó el valor anual de la unidad de pago por capitación –UPC– que financiará los servicios y tecnologías en salud de los regímenes contributivo y subsidiado para la vigencia 2023.
Por medio del Decreto 2614 de 2022, el Ministerio del Trabajo establece que a partir del primero (1) de enero de 2023 la suma fijada como auxilio de transporte será de ciento cuarenta mil seiscientos seis pesos ($140.606).
Por medio del Decreto 2613 de 2022, el Ministerio del Trabajo establece que a partir del primero (1) de enero de 2023 la suma fijada como salario mínimo mensual legal vigente será de un millón ciento sesenta mil pesos ($1.160.000).