¿Cuáles son los efectos en la declaración de renta de personas naturales de haber retirado las cesantías durante el 2021?
¿Qué deben hacer en sus declaraciones de renta del año gravable 2021 las personas naturales que hicieron normalizaciones tributarias en febrero de 2022 pero sí pagaron en noviembre de 2021 el “anticipo” de dicha normalización?
¿Cuáles rentas exentas percibidas por los asalariados no se someten al límite del 40 % dentro de la “cédula general” de su declaración de renta por el año gravable 2021?
¿El incremento en el impuesto de ganancia ocasional se tiene en cuenta para obtener el beneficio de auditoría en la declaración de renta del año gravable 2021?
La declaración de renta de personas naturales por el año gravable 2021 deberá atender, entre otras normas, las leyes 2010 de 2019; 2040, 2064, 2068 y 2069 de 2020; y algunos artículos de la Ley de reforma tributaria 2155 de 2021.
A continuación, el Dr. Diego Guevara resuelve 10 dudas al respecto.
¿El nuevo código de actividad económica 0020 que deben usar los pensionados en sus declaraciones de renta por el año gravable 2021 aplica sin importar cuál sea el tipo de pensión que recibe la persona natural?
¿Los ingresos brutos que se informen en la declaración de renta del 2021 de una persona natural o sucesión ilíquida la pueden obligar a tener que presentar también la información exógena tributaria del mismo año 2021?
Si una persona natural solo llevó contabilidad durante la mitad del año 2021 y luego cambió a actividades que no lo obligaban a llevar contabilidad, ¿cómo debe definir el valor fiscal de sus activos y pasivos a diciembre 31? ¿Con los criterios de los obligados a llevar contabilidad o con los criterios de los no obligados a llevar contabilidad?
¿Qué deben hacer las personas naturales que no llevaron contabilidad durante el 2021, pero facturaron ingresos durante el 2021 a clientes que sí practican retenciones en la fuente, aunque no alcanzaron a ser pagados durante el 2021?
¿Cuáles personas naturales deben simplemente elaborar los formatos 2516 y 2517 de año gravable 2021 y cuáles los deben elaborar y presentar virtualmente?
En el 2019 una persona natural perteneció al régimen ordinario y declaró un saldo a favor que no pidió en devolución. Luego, durante el 2020 perteneció al régimen simple y en el 2021 regresó al régimen ordinario. ¿Puede imputar en su declaración de renta 2021 el saldo a favor que se formó en su declaración del 2019?
¿Cómo se deben medir las 45.000 UVT de ingresos brutos fiscales que obligan a realizar la presentación virtual de los formatos 2516 y 2517 de conciliación fiscal por el año gravable 2021?