¿Cómo se calculan las indemnizaciones por despido injustificado de un trabajador doméstico por días?
¿Cuáles son las causales legales para la terminación del contrato de trabajo con un empleado doméstico que trabaja por días? ¿Qué procedimientos se deben seguir para un despido justificado?
¿Qué beneficios y prestaciones sociales (cesantías, primas, vacaciones) aplican para los trabajadores del servicio doméstico que laboran por días? ¿Cómo se calculan y pagan estas prestaciones?
¿Es obligatorio para el empleador otorgar auxilio de transporte y bonificación de alimentación a un trabajador del servicio doméstico por días?
¿Cómo se calcula el salario de un trabajador del servicio doméstico por días? ¿Cómo se manejan los pagos de horas extras, dominicales y festivos en este contexto?
¿Cómo se maneja la afiliación a seguridad social (salud, pensión y riesgos laborales) para los trabajadores del servicio doméstico que laboran por días?
¿Cómo se debe formalizar un contrato de trabajo para empleados del servicio doméstico que laboran por días? ¿Es válido hacerlo de forma verbal o debe ser por escrito? ¿Qué elementos y cláusulas esenciales debe contener el contrato?
¿Cuáles son las “pérdidas ocasionales” que no se pueden fusionar con las ganancias ocasionales”?
¿Cuáles son las diferentes tarifas con las que se liquida el impuesto de ganancias ocasionales? ¿Cómo se controlan virtualmente en los formularios 110, 210 y 260 para declaraciones de renta y complementarios? Explicación detallada sobre las tarifas para liquidar la ganancia ocasional en los formularios 110, 210 y 260. Aspectos destacados Diego Guevara, especialista en […]
¿Cuáles son las partidas que se pueden restar como “ganancias ocasionales exentas” en las declaraciones de renta y en la declaración anual del simple?
En el caso de las personas jurídicas del régimen ordinario ¿por qué razón se deben tener bien identificadas las partidas que forman ganancias ocasionales al momento de calcular la “tasa mínima de tributación”?
¿Para quienes se inscriben en el régimen simple de tributación, el impuesto de ganancia ocasional se liquida con las mismas reglas que lo liquidan los que se quedan en el régimen ordinario? ¿Deben calcular “anticipos bimestrales” sobre los ingresos que forman ganancias ocasionales”?