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¿Cuál es el problema que se origina para las personas jurídicas del régimen ordinario cuando pretendan restar en sus declaraciones de renta del año gravable 2024 los valores por “rentas exentas” que aun sigan vigentes?
¿Cuáles reglas vigentes del ET establecen limitantes especiales a quienes pretendan restarse valores por concepto de “ingresos no gravados” en las declaraciones del régimen ordinario o del régimen simple?
¿Cuál norma reciente contiene un listado de los “ingresos no gravados” o las “rentas exentas” que se podrán utilizar en las declaraciones de renta o del régimen simple del año gravable 2024?
¿Qué sucedería con el código de actividad económica que se debe reportar en la declaración anual de renta o del régimen simple si durante el periodo fiscal no se explotó ninguna de las actividades económicas reportadas en las casillas 46 a 50 de la primera página del RUT?
¿Cuáles son los códigos que les deben figurar en el RUT a los contribuyentes que sí estén obligados a llevar contabilidad?
¿Cuál es la sección del portal de la DIAN donde se puede encontrar información sobre el RUT y sobre la estructura de todas sus páginas?
¿La información sobre la dirección de ubicación física del contribuyente se puede actualizar siempre de forma virtual, o en algunos casos solo se podrá hacer de forma presencial?
En un inventario físico (por cambio de software) se encontraron sobrantes de inventarios por 100 millones (respecto a lo registrado y pagado en renta). ¿Cuál es el impuesto diferido (futuro) por pagarle a la DIAN?
¿Cuál es el impacto tributario negativo por calcular impuestos diferidos en las pérdidas fiscales (y cómo evitarlo)?
¿Los gastos por actividades deportivas de los empleados generan una diferencia permanente?
Un vehículo de la empresa, mientras ejercía sus labores, atropelló a un peatón. La empresa está demandada en $500 millones. La provisión pasiva genera un gasto no deducible en este periodo. ¿Es deducible este gasto cuando sea pagado y por lo tanto se debe calcular un activo por impuesto diferido?
El pago a un cliente o a un proveedor para evitar una demanda judicial por un incumplimiento (contrato de transacción), una diferencia permanente, ¿dado que no es deducible?