El Dr. Diego Guevara Madrid, experto consultor de Actualícese, da respuesta al siguiente interrogante: ¿a los aprendices se les debe entregar certificado de ingresos y retenciones?
Pregunta resuelta 17 de marzo de 2022
El certificado de ingresos y retenciones es un documento generado por los empleadores, contratantes o agentes retenedores, en el cual se deben reportar los pagos realizados en el año y las retenciones en la fuente que fueron practicadas sobre dichos pagos.
En el caso de los aprendices, el Dr. Diego Guevara menciona que a estos, por el hecho de no tener una relación laboral, no se les debe expedir certificado de retención, puesto que su contrato es de aprendizaje, según lo describen los artículos 226, 212 y 332 del DUR 1072 del 2015.
A los aprendices no se les paga un salario producto de una relación laboral o un contrato de trabajo; su pago corresponde a un apoyo de sostenimiento. Adicionalmente, se le afilia a la respectiva seguridad en salud y quien la paga es el patrocinador de su formación.
En continuidad con el tema de los aprendices, el Dr. Diego Guevara da respuesta al siguiente interrogante: ¿cómo se debe reportar el apoyo de sostenimiento en exógena?
Para efectos de diligenciar o presentar la información exógena, el contribuyente debe incluir el apoyo de sostenimiento de los aprendices del Sena con el concepto 5016, el cual se refiere a los demás costos y gastos.