Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cómo los bogotanos pueden ganarse el 50 % de descuento en los intereses tributarios?


¿Cómo los bogotanos pueden ganarse el 50 % de descuento en los intereses tributarios?
Actualizado: 11 abril, 2023 (hace 1 año)

El 50 % de descuento en los intereses tributarios aplica para cualquiera de los impuestos distritales: vehículos, sobretasa a la gasolina, predial, ICA, entre otros.

Las obligaciones tributarias causadas a partir del 13 de diciembre de 2022 seguirán siendo liquidadas con el 100 % de la tasa de interés moratoria.

La Secretaría Distrital de Hacienda adoptó las medidas tributarias transitorias que le permiten disminuir en 50 %, temporalmente, la tasa de interés moratoria para los contribuyentes que tienen deudas en obligaciones tributarias con Bogotá. La única condición que impone la nueva reforma tributaria, Ley 2277 de 2022, es que la totalidad de la deuda se pague a más tardar el 30 de junio de 2023.

La medida incluye todas las obligaciones tributarias, vencidas antes del 13 de diciembre de 2022, de cualquiera de los impuestos distritales: vehículos, sobretasa a la gasolina, predial, ICA, reteICA, delineación urbana y demás que recauda la capital de los colombianos.

Las obligaciones tributarias causadas a partir del 13 de diciembre de 2022 seguirán siendo liquidadas con el 100 % de la tasa de interés moratoria, como lo establece el artículo 635 del Estatuto Tributario.

Los contribuyentes bogotanos que quieran acceder a este beneficio tributario podrán ingresar con su clave y contraseña a la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda, selecionar “Consultas/Obligaciones pendientes” y generar su recibo de pago del impuesto. En el caso de los impuestos de ICA y reteICA, deberán hacerlo por este enlace: https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html

La Alcaldía de Bogotá publicó un paso a paso donde los ciudadanos encontrarán toda la información detallada sobre cómo hacer el pago o, en caso de tener que asistir a los puntos de atención, sobre lo que se debe tener en cuenta.

Corre el tiempo para pagar impuestos predial y vehículos 2023 en Bogotá

Las fechas límite de pago del impuesto predial para la vigencia 2023 son las siguientes:

  • 12 de mayo de 2023: fecha límite de pago de impuesto predial con descuento del 10 % por pronto pago.
  • 14 de julio de 2023: fecha límite de pago de impuesto predial sin descuento del 10 %.

Para quienes se inscribieron al pago por cuotas de este impuesto, las fechas para las cuatro cuotas son:

  • Cuota 1: 9 de junio.
  • Cuota 2: 4 de agosto.
  • Cuota 3: 6 de octubre.
  • Cuota 4: 1 de diciembre.
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En cuanto al impuesto de vehículos, el 2 de junio de 2023 es la fecha límite con descuento del 10 % por pronto pago.

Por otra parte, el 28 de julio de 2023 es la fecha límite de pago del impuesto de vehículos sin descuento del 10 %.

Reducción de sanciones e intereses aprobados por la reforma tributaria 2022

“con la nueva reforma tributaria existen múltiples reducciones a sanciones e intereses”

Diego Guevara Madrid, líder de investigación contables y tributaria de Actualícese, explica que,

con la nueva reforma tributaria existen múltiples reducciones a sanciones e intereses, incluyendo la sanción de información exógena que fue modificada para disminuir las tasas sancionatorias del artículo 651 del Estatuto Tributario.

En materia de las sanciones que se relacionan con declaraciones tributarias se deben destacar los artículos 91 y 93 de la reforma tributaria.

Según el artículo 91, relacionado con la tasa de interés moratoria transitoria, las obligaciones tributarias y aduaneras que se paguen totalmente hasta el 30 de junio de 2023, como se dijo anteriormente, tendrán una reducción del 50 % de la tasa de interés para todas las obligaciones que actualmente estén presentadas sin pago.

El artículo 93, por otra parte, relacionado con la reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés para omisos en la obligación de declarar de los impuestos administrados por la Dian, establece que quienes al 31 de diciembre de 2022 no hayan presentado las declaraciones tributarias a las que estaban obligados por los impuestos administrados por la Dian y las presenten antes del 31 de mayo de 2023 con pago, facilidades o acuerdos para el pago solicitadas a esta fecha, y suscritas antes del 30 de junio de 2023, podrán acceder a una reducción en el 60 % de las sanciones y de la tasa de interés.

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