Las incapacidades se refieren a los eventos previstos por el sistema de seguridad social, en los que la capacidad de un trabajador se ve disminuida o imposibilitada para desempeñar normalmente sus labores.
A continuación, te explicamos cómo se reconocen las incapacidades simultáneas.
La incapacidad es una condición en la que un trabajador ve disminuida o imposibilitada su capacidad para desempeñar de forma normal sus labores. Puede ser causada por diversos factores, como enfermedades, lesiones por accidentes o condiciones médicas; a su vez, puede tener origen en eventos comunes o laborales.
En Colombia la legislación laboral y de seguridad social establece un marco normativo para la protección de los trabajadores en situación de incapacidad laboral. Durante la incapacidad, el trabajador tiene derecho a recibir las prestaciones económicas, como el pago del auxilio por incapacidad, indemnizaciones, compensaciones, rehabilitación, entre otras. Estas prestaciones tienen como objetivo asegurar la subsistencia del trabajador mientras se encuentra incapacitado para trabajar.
En primer lugar, es importante recordar que las incapacidades, según su origen, pueden clasificarse de la siguiente manera:
Ahora bien, las incapacidades simultáneas pueden ocurrir de dos maneras, y su reconocimiento debe seguir las reglas del artículo 2.2.3.3.7 del Decreto 780 de 2016:
Situación | Tratamiento de incapacidades |
---|---|
Dos o más incapacidades simultáneas de origen común |
Se consideran como una sola incapacidad, contada desde el primer día de la primera hasta el último día de la más amplia. |
Simultaneidad entre incapacidad de origen común e incapacidad de origen laboral |
Se reconoce una única prestación económica, correspondiente a la incapacidad que otorgue el mayor beneficio al aportante. |
Para profundizar sobre las incapacidades laborales, te invitamos a consultar nuestra Cartilla Práctica Licencias e incapacidades laborales: protección y garantías para el trabajador.
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