Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Concepto 220-003897 del 17-01-2022
Actualizado: 17 enero, 2022 (hace 3 años)
Superintendencia de Sociedades Concepto 220-003897 Enero 17 de 2022
La Superintendencia de Sociedades indica que el incumplimiento de los deberes del administrador no da lugar a que se nombre un suplente, para esto es necesaria su ausencia.