Ministerio del Trabajo
Concepto 85902
Junio 26 de 2023
El Ministerio del Trabajo recordó que, si bien el empleador tiene la facultad para modificar las condiciones laborales del trabajador en cuanto al modo, lugar, tiempo o cantidad de trabajo, está obligado a respetar los límites constitucionales de la dignidad del trabajador y los principios mínimos fundamentales del artículo 53 de la Constitución.