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[Conferencia] Ahora las cotizaciones a pensiones se contabilizan en días calendario


Actualizado: 20 marzo, 2024 (hace 8 meses)

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En esta conferencia, María Cristina Londoño recuerda que, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia ha determinado una nueva postura que favorece a las personas afiliadas al sistema de seguridad social en pensiones, disponiendo que el período mensual de trabajo que cubre la cotización a pensiones se debe contabilizar según la realidad en días que corresponda a cada mes calendario, esto es, 28, 29, 30 o 31 días.

A partir de la Sentencia 89797 del 31 de enero de 2024 la Corte consideró que para efectos de calcular las semanas cotizadas de un afiliado en pensiones se deben considerar todos los días reales del calendario, para luego dividir esos días en 7 y así obtener el número de semanas cotizadas cada año, incluyendo todos los días calendario del año, ya sean 365 o 366 días, como corresponda.

En Colombia para garantizar la cobertura del riesgo de vejez en el régimen de prima media que administra Colpensiones, se exige un número de 1300 semanas cómo mínimo, además de la edad de 57 años en el caso de las mujeres y 62 años en para los hombres, para así acceder al reconocimiento y pago de una pensión de vejez.

Acerca de la conferencista

María Cristina Londoño

Es abogada, especialista en Derecho Laboral, de la Seguridad Social y Derecho Tributario y magíster en Ciencias Jurídicas de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona. Docente en las especializaciones de Gerencia del Talento Humano y Seguridad y Salud en el Trabajo, como en las Maestrías de Negocios y Gerencia del Talento Humano en la Fundación Universidad de América de Bogotá. Docente investigadora sobre estudios de género y el trabajo decente.

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