En esta conferencia, Germán Torres explica que en la preparación y presentación de la declaración de renta del año gravable 2021 de las personas jurídicas del régimen ordinario se deberán tener en cuenta los cambios introducidos con el artículo 11 del Decreto Legislativo 575 de abril 15 de 2020, el artículo 2 de la Ley 2040 de julio de 2020, el artículo 3 de la Ley 2064 de diciembre 9 de 2020, los artículos 40 a 42 de la Ley 2068 de diciembre 31 de 2020, los artículos 28 y 40 de la Ley 2069 de diciembre 31 de 2020 y algunos de los artículos de la Ley 2155 de 2021.
También, se deberán tener en cuenta varios decretos reglamentarios que se fueron expidiendo a lo largo del 2021. Igualmente, las nuevas resoluciones de la Dian que se relacionan con este tema, como la resolución con que se prescriba el formato 2516 para la conciliación fiscal del año gravable.
De acuerdo con el artículo 1.6.1.13.2.12 del Decreto 1625 de 2016, los plazos para la presentación y pago de la declaración de renta de los contribuyentes del RTE, así como de aquellas personas jurídicas no calificadas como grandes contribuyentes, correspondiente al año gravable 2021 vencen de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT que consta en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Torres es Contador público, especialista en Gerencia Tributaria, magister en tributación. Director académico de Actualícese. Asociado de impuestos de la firma JPA Colombia, franquicia francesa de JPA International. CEO y director general del Centro de Capacitaciones Contables y Tributarias SAS. Docente de pregrado y posgrado de temas tributarios en universidades nacionales e internacionales.