Miguel Ángel García profundiza en el régimen sancionatorio de la reforma tributaria, Ley 2277 de 2022. En cuanto a sanciones en la información exógena, de acuerdo con los cambios introducidos por la reforma, al artículo 651 del ET, cuando la información exógena no se suministre, se suministre tardíamente o su contenido presente errores, la Dian estará facultada para aplicar una serie de sanciones.
De igual forma, la reforma tributaria brindará una amnistía a los contribuyentes que se encuentren omisos en los envíos de la información exógena o que deban realizar correcciones a la misma.
De esta manera, los contribuyentes que hayan incurrido en las infracciones relacionadas con el reporte de información exógena podrán acceder a una serie de posibilidades de reducción de sanciones.
Por otra parte, el artículo 93 de la reforma tributaria permitiría que los contribuyentes que al 31 de diciembre de 2022 no hayan presentado las declaraciones tributarias a las que estaban obligados por impuestos administrados por la Dian y que las presenten antes del 31 de mayo de 2023, con pago o facilidades, o acuerdo para el pago, solicitadas a esta fecha y suscritas antes del 30 de junio de 2023, se reducirán y liquidarán las sanciones y la tasa de interés moratoria.
Miguel Ángel García López es Contador Público, especialista en impuestos y análisis financiero, especialista en Internacionalización de la Economía. Gerente y accionista mayoritario del Grupo Contable Asesores S.A. Docente universitario en diversas instituciones del país en el campo de la contaduría y la economía. Presidente de la Asociación Centro de Estudios Grupo de los 100, agremiación de contadores públicos.