En esta conferencia, Carolina Del Pilar Suárez explica que, el régimen general de pensiones en nuestro país cuenta con algunas situaciones específicas donde un afiliado puede solicitar el reconocimiento de una pensión especial y anticipada de vejez.
El efecto principal de este tipo de prestaciones es que el afiliado obtenga el reconocimiento de su pensión de forma anticipada; antes de cumplir el requisito de edad: 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres.
Existen tres tipos de pensión especial de vejez: 1) pensión especial de vejez por hijo en situación de discapacidad, 2) pensión especial de vejez por invalidez y 3) pensión especial de vejez por actividad de alto riesgo, los cuales son explicados detalladamente en esta conferencia.
Hay que tener en cuenta que si la persona está afiliada tanto a Colpensiones o a los fondos privados podrá acceder a las dos primeras. La tercera aplica únicamente para los afiliados a Colpensiones.
Carolina Del Pilar Suárez Quintero es abogada, especialista en derecho laboral. Se ha desempeñado como consultora y asesora en derecho laboral y seguridad social en el sector público y privado. Cuenta con más de 10 años de experiencia profesional, exclusivamente en el área de derecho laboral y seguridad social asesorando a personas naturales y jurídicas en reclamaciones y procesos administrativas y judiciales.