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Carlos Andrés García explica en esta conferencia que la Superintendencia de Sociedades, mediante la Circular Externa 100-000016 de 2021, estableció los plazos y requisitos mínimos para la presentación de los informes: 42 – Prácticas empresariales, 50 – Prevención del riesgo de LA/FT/FPADM, 52 – Programas de transparencia y ética empresarial, entre otros.
Recomienda que el diligenciamiento, al igual que su presentación, se deberá llevar a cabo mediante el aplicativo Storm User, el cual se descarga ingresando al portal web www.supersociedades.gov.co en la sección “Presentación Informes Empresariales”, botón “Módulo Storm”.
Están obligadas a diligenciar este informe las entidades empresariales vigiladas o controladas por la Superintendencia de Sociedades, a excepción de las que se encuentran en las situaciones descritas en el numeral 3.2 de la circular externa en mención (entre las que se destacan aquellas en estado de inspección, liquidación judicial simplificada, liquidación obligatoria, liquidación judicial, liquidación voluntaria, reorganización, reorganización abreviada, reestructuración, en concordato, entre otras
García es abogado senior del área impuestos y legal de Mazars Colombia. Abogado, especialista en Derecho Societario. Cuenta con más de cuatro años de experiencia trabajando en firmas de abogados asesorando empresas familiares, patrimoniales y del sector real en las áreas de derecho societario, comercial, insolvencia personas jurídicas y de cumplimiento.