Encuentra aquí un modelo de contrato de prestación de servicios de administración de la propiedad horizontal.
Recuerda que el administrador de una propiedad horizontal puede ser una persona natural o jurídica y que este debe ser nombrado por la asamblea de copropietarios o consejo de administración.
Encuentra aquí un modelo de contrato de prestación de servicios de administración de la propiedad horizontal.
Recuerda que el administrador de una propiedad horizontal puede ser una persona natural o jurídica y que este debe ser nombrado por la asamblea de copropietarios o consejo de administración.
Según el artículo 50 de la Ley 675 de 2001, en las propiedades horizontales la representación legal de la persona jurídica y la administración del edificio o conjunto debe recaer sobre un administrador, el cual puede ser una persona natural o jurídica.
El administrador de la propiedad horizontal deberá ser seleccionado por la asamblea general de copropietarios o por el consejo de administración, en caso de que en el edificio o conjunto existiere este órgano (al respecto te recomendamos ir a nuestro editorial Consejo de administración: precisiones frente a su constitución y funcionamiento).
Una vez la asamblea general de copropietarios o el consejo de administración hayan realizado el nombramiento del administrador mediante acta, este debe vincularse a la copropiedad mediante un contrato laboral o uno de prestación de servicios.
Dado que el administrador es el representante legal de la propiedad horizontal para todos los efectos legales, el parágrafo 1 del artículo 50 de la Ley 675 del 2001 señala que el presidente del consejo de administración o el de la asamblea general de copropietarios asumen temporalmente el papel de representante legal para suscribir el contrato con el administrador.
A continuación, compartimos un modelo de prestación de servicios de administración de propiedad horizontal, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 675 de 2001:
Por último, te invitamos a revisar el siguiente video, en el que el abogado Miguel Santiago Pantoja, especialista en derecho comercial, responde a la pregunta: ¿Qué aspectos deben ser contemplados en una propiedad horizontal cuando se realiza un cambio de administrador?