Es necesario que la firma de auditoría o el profesional independiente estén atentos a los requerimientos establecidos para la documentación del sistema de control de calidad.
En este artículo abordamos estos lineamientos orientados al logro de la calidad del encargo de auditoría.
La NICC 1 – Control de calidad en las firmas de auditoría que realizan auditorías y revisiones de estados financieros, trata los lineamientos que se deben tener en cuenta al momento de implementar un sistema de control de calidad.
De acuerdo con el artículo 1.2.1.7 y los párrafos 4 y 11 del DUR 2420 de 2015, esta debe ser aplicada por:
En lo concerniente a la documentación de una auditoría, es requerida por la NICC 1 para asegurar que los procedimientos que sigue la firma de auditoría, con el fin de redactar las conclusiones de sus informes, permitan lograr la calidad del encargo.
La documentación del encargo en las Normas Internacionales de Aseguramiento –NIA– hace referencia a los papeles de trabajo que debe elaborar el contador público en la realización de su labor.
Así las cosas, el contenido de los papeles de trabajo deberá incluir:
El contador público independiente o la firma de auditoría deben documentar los siguientes aspectos:
El artículo 9 de la Ley 43 de 1990 señala que los papeles de trabajo del contador público deben conservarse por un tiempo no inferior a cinco (5) años, a partir de la fecha de su elaboración.
Este tiempo concuerda con el especificado en el párrafo A61 de la NICC 1, el cual afirma que, en el caso específico de los encargos de auditoría, por lo general el plazo de conservación no será inferior a cinco (5) años, contados desde la fecha de auditoría o, en caso de que sea posterior, desde la fecha del informe de auditoría de grupo.
Este tema hace parte de nuestra Cartilla Práctica: Control de calidad aplicado a los encargos de auditoría y aseguramiento.
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