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Actualizado: 8 agosto, 2024 (hace 5 meses)

Con este acuerdo de pago, el deudor y el acreedor podrán fijar los plazos, intereses, fechas de pago, etc., de las deudas en que se hayan incumplido obligaciones.

Es un modelo en Word totalmente editable para que lo adaptes a tus necesidades.

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Si has incumplido obligaciones con tus acreedores, puedes suscribir un acuerdo de pago mediante el cual se estipulen las nuevas condiciones en las que podrás ponerte al día y saldar el valor que les adeudas.

En ese sentido, podrás acordar cuotas, intereses y fechas de pago en las cuales te puedas comprometer con tu acreedor a pagar la deuda. Cabe anotar también que la conciliación en algunos procesos es requisito de procedibilidad, por lo que permite realizar acuerdos de pago con el fin de culminar el proceso de cobro.

Contenido del acuerdo de pago

El convenio de pago que aquí te presentamos contiene los siguientes puntos:

acuerdo de pago
  • Nombre y número de identificación del acreedor (persona a quien se le adeuda el dinero).
  • Nombre y número de identificación del deudor (persona que debe el dinero).
  • Datos de la deuda:
  • Capital.
  • Intereses.
  • Gastos legales y de gestión de cobro.
  • Condiciones del acuerdo de pago:
  • Firmas del acreedor y deudor.

Este modelo en Word es una guía para elaborar un convenio de acuerdo de pago. Para utilizarlo se sugiere diligenciar la información solicitada en los espacios con letra azul. No obstante, el formato es totalmente editable, podrás modificar o añadir información para adecuarlo a tus necesidades.

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Términos y condiciones

Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:

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«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario. 

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