Corte Constitucional declaró inexequibles normas sobre el régimen simple de tributación


Corte Constitucional declaró inexequibles normas sobre el régimen simple de tributación
Actualizado: 5 diciembre, 2023 (hace 5 meses)

La Corte Constitucional declaró inexequibles algunas disposiciones del régimen simple que regulaban tarifas y topes de ingresos para contribuyentes dedicados a ciertas actividades.

Mediante la Sentencia C-540/23 la Corte Constitucional declaró inexequibles disposiciones del régimen simple de tributación que regulaban las tarifas y topes de ingresos para contribuyentes dedicados a la educación, la atención en salud humana, los servicios de consultoría y las profesiones liberales.

En primer lugar, es necesario recordar que según el artículo 905 del Estatuto Tributario pueden ser sujetos pasivos del régimen simple quienes, entre otros requisitos, en el año gravable anterior hubieran obtenido no más de 100.000 UVT en ingresos brutos.

Esta disposición fue limitada para quienes prestan servicios de consultoría y científicos mediante el artículo 42 de la Ley 2277 del 2022, pues en esta norma se estableció que ante esta actividad económica los ingresos brutos no podrían superar los 12.000 UVT.

De la misma manera, en el artículo 44 de la reforma tributaria se estableció la tarifa y el anticipo bimestral del impuesto unificado para quienes desarrollaran actividades de educación, atención de salud y asistencia social y se modificó para quienes prestaban servicios de consultoría y científicos.

Ambas normas, los artículos 42 y 44, fueron demandas ante la Corte Constitucional por generar un trato desigual con quienes tienen como actividad económica la prestación de servicios de consultoría y científicos. Por lo anterior, la Corte Constitucional realizó un juicio integrado de igualdad en donde tuvo en cuenta las finalidades que persiguen las disposiciones demandadas y la razón para justificar el trato diferencial dado a ambos grupos.

La Corte concluyó que la justificación dada para realizar un trato distinto entre ambos grupos de contribuyentes era insuficiente y la diferencia resultaba arbitraria, tanto por el tope que se establecía para poder hacer parte del régimen simple, como por las tarifas más altas que se pretenden imponer.

Bajo este contexto y justificando la decisión en el principio de equidad horizontal, la Corte declaró inexequibles las disposiciones referentes a las tarifas para ambos grupos y el tope diferencial exigido para los que prestaban servicios de consultoría y científicos.

Asimismo, se declaró la reviviscencia del grupo 3 del régimen simple, en los términos de la Ley 2155 de 2021. Es decir, a partir de la fecha, se aplicarán el tope de 100.000 UVT para todos los contribuyentes y las mismas tarifas de la Ley 2155 de 2021 para este grupo de contribuyentes.

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A continuación, el Dr. Diego Guevara te explica ¿Cuál es el efecto que tiene para el año gravable 2024 y siguientes la sentencia de la corte constitucional C-540 de diciembre 5 de 2023 con la cuál se declararon inexequibles algunos de los cambios de la ley 2277 de 2022 le habían realizado a los artículos 905 y 908 del ET los cuales hacen parte de las normas que regulan la tributación bajo el régimen simple de tributación?

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